Prospera demanda contra el Municipio de Panamá cuando era administrado por Blandón

Actualizado
  • 08/05/2023 00:00
Creado
  • 08/05/2023 00:00
La Alcaldía y el Consejo Municipal de Panamá, deben entregar a la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), información sobre los locales que cerraron en calle Uruguay en los años 2018, 2019 y 2020.
La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la CSJ, giró un oficio a la Alcaldía de Panamá.

La Alcaldía y el Consejo Municipal de Panamá, deben entregar a la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), información sobre los locales que cerraron en calle Uruguay en los años 2018, 2019 y 2020.

La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la CSJ, giró un oficio a la Alcaldía de Panamá y al consejo capitalino, para que remitan información de la Licitación y Construcción para las Obras de Intervención Urbana del Espacio Público de Calle Uruguay, que serán pruebas en el proceso de demanda contenciosa administrativa de indemnización contra el Municipio de Panamá, bajo la administración de José Isabel Blandón como alcalde (2014-2019).

En uno de estos oficios, que tiene fecha de 23 de abril de 2023, le solicitan al alcalde capitalino José Luis Fábrega, que remita la copia autenticada de todo el expediente administrativo que guarda relación con la Licitación Pública del Suministro y Construcción para las Obras de Intervención Urbana del Espacio Público de Calle Uruguay, en el distrito de Panamá, desde su pliego de cargos, su fase contractual y de ejecución de obras.

En un segundo oficio, fechado el 2 de mayo de 2023, solicitan a la presidenta del Consejo Municipal del distrito de Panamá, Yoira Perea, para que remita a la mayor brevedad posible las actas que tengan relación con las inundaciones y establecimientos que cerraron en la calle Uruguay, corregimiento de Bella Vista, en los años 2018, 2019 y 2020.

Esta demanda fue interpuesta en el 2018 por Edward Lombardo, en representación de L.R. Panamá S.A. para que se le condene al Municipio de Panamá, bajo la administración de José Isabel Blandón, al pago de $4.000.000.00, en concepto de daños y perjuicios a la comerciante, Anabel Gisela Pinzón Zeballos.

La acción legal también busca que se declare nula, por ilegal, la Adenda N°4 de 2 de noviembre de 2020, del Contrato de 30 de marzo de 2017, celebrada entre el Municipio de Panamá y la Empresa Constructora MECO, S.A.

Hechos que fundamentan la demanda

La sociedad denominada L.R. Panamá S.A., ubicada en calle Uruguay y calle 49, corregimiento de Bella Vista, distrito de Panamá, cuya actividad comercial principal consiste en la venta de muebles y artículos de decoración, tuvo afectaciones directas, tras la ejecución del proyecto denominado “Intervención Urbana del Espacio Público de Calle Uruguay, corregimiento de Bella Vista”, impulsado por José Isabel Blandón, quien en ese momento estaba frente a la comuna capitalina.

Según el representante legal de la propietaria del local comercial, este proyecto causó el cierre total de las calles que permiten en acceso al local comercial “Ligne Roset”, sin reubicar tramos de calles, sin crear conexiones temporales para minimizar la afectación al desarrollo del comercio, los clientes no tenían forma alguna de llegar al local comercial, lo que produjo una afectación económica irreparable.

Así mismo señala que, no hubo aviso de la obstaculizaciones de las vías de acceso al local comercial, y cuando estas son obstaculizadas, los trabajos de construcción sobre estas áreas se exceden del término normal para el desarrollo de la obra, lo que demostró la desatención del Municipio de Panamá, en garantizar que se cumpla con los términos previstos de construcción y así evitar mayores daños, omisión atribuible directamente al Municipio de Panamá.

Ocasionó, además, a este comercio, afectación de la mercancía objeto del comercio, con el polvo producto de los trabajos de construcción de la obra, disminución de las ventas de los productos que ofrece el comercio y las inundaciones producto de las construcciones afectaron la estructura del local.

Se realizaron cortes del suministro del agua potable y del suministro de energía eléctrica, sin previa información, lo que afectó el desarrollo del negocio y con los cierres de los accesos al local comercial se limitó la descarga de contenedores con materia prima para el local comercial.

Sustentan que, la falta de coordinación del Municipio de Panamá con el Ministerio de Salud, a efectos de enviar profesionales de la Salud para prevenir afectaciones de las personas que ahí laboraban, lo que generó problemas de salud producto de los trabajos de construcción allí realizados.

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