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Partidos podrán postular nóminas de independientes
- 04/10/2023 00:00
- 04/10/2023 00:00
Los partidos políticos tradicionales podrán incluir en sus espacios nóminas de candidatos por la libre postulación.
El artículo 370 del Código Electoral de Panamá establece que los partidos políticos podrán postular a una nómina por libre postulación en las elecciones generales. Esta figura permite a los partidos políticos competir con candidatos que no pertenecen a sus filas, pero que comparten sus ideas y valores.
Un total de 22 listas de candidatos a diputados por la libre postulación fueron reconocidas por el Tribunal Electoral para las elecciones de mayo de 2024.
En la contienda anterior no se inscribió ninguna lista, lo que limitó que los candidatos por la libre postulación entraran en el reparto de medio cociente y residuo. Esto hizo que a pesar de lograr un 19% por los votos, los candidatos de libre postulación solo alcanzaron cinco curules, de las cuales una fue en un circuito uninominal.
El Partido Alternativa Independiente Social (PAIS) anunció que postulará a más candidatos independientes en las elecciones generales de 2024.
José Alberto Álvarez, presidente del partido, se reunió con Melitón Arrocha, el candidato por la libre postulación para la Presidencia de la República que postulará el colectivo.
La apuesta por las candidaturas independientes es una forma de ampliar la base electoral del partido y de llegar a nuevos sectores de la población.
El partido Movimiento Otro Camino también está postulando a candidatos por la libre postulación.
De acuerdo con el partido, decidió dejar de postular candidatos en determinadas circunscripciones con el objetivo de no dividir el voto y apoyar a aquellos buenos candidatos de Vamos.
El acuerdo es parcial y se centra en el apoyo directo a candidaturas que han demostrado fortaleza.
En el caso de que un partido político decida postular a una nómina por libre postulación, dicha nómina aparecerá en la boleta de votación, tanto en la casilla del colectivo, como en la de libre postulación, con excepción del cargo de diputado en los circuitos plurinominales. Esto significa que los votantes tendrán la opción de votar por los candidatos de la nómina del partido político, o por los candidatos de la nómina por libre postulación.
Esta figura no obliga a que la nómina por libre postulación renuncie a su condición. Esto significa que los candidatos por libre postulación podrán seguir manteniendo su independencia y sus propias ideas, incluso si son postulados por un partido político.
La norma electoral señala que, en el mes de octubre del año anterior a la elección general, los partidos políticos deberán formalizar ante el Tribunal Electoral las postulaciones de aquellos candidatos por libre postulación que estén en firme, y que deseen postular.