Suntracs y Conusi acudieron ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a interponer una queja (Número 409, marzo de 2025, Caso No. 3456/Panamá), ante las flagrantes violaciones al derecho a la organización sindical por parte del Gobierno, en fechas 18 de noviembre de 2023, 12 y 19 de marzo de 2024, 5 de agosto de 2024, 18 de noviembre de 2024 y 14 de febrero de 2025.
La queja se sustenta en el hecho de que Panamá ha ratificado el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (número 87) y el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (número 98), que están siendo coartados.
Frente a los hechos, el Comité de Libertad Sindical de la OIT invitó al Consejo de Administración a que apruebe las siguientes recomendaciones:
Primero, el Comité pide al Gobierno que: i) informe sobre los resultados finales de las investigaciones y procesos judiciales acerca de las muertes de cuatro personas ocurridas durante las protestas de noviembre de 2024; ii) se asegure de que el incendio del local del Sindicato Único Nacional de Trabajadores de la Industria de la Construcción y Similares (Suntracs) en Panamá Oeste dé lugar a una investigación que permita identificar a sus autores e informe de sus resultados, y iii) se asegure de que los dirigentes del Suntracs gocen de las medidas de protección necesarias en caso de ser expuestos a situaciones de riesgo.
Segundo, el comité pide al Gobierno que: i) indique si la Resolución Nº 29 del Ministerio Público, de fecha 30 de agosto de 2024, implica la culminación de toda investigación penal contra el Suntracs por la presunta comisión del delito de blanqueo de capitales; ii) informe sobre los resultados de la investigación penal iniciada de oficio contra el Sr. Jaime Caballero por presunto delito contra la administración de justicia, y iii) indique si existe alguna otra investigación penal en curso contra los mencionados representantes sindicales y, de existir, informe sobre el estado actual de dichas investigaciones.
Tercero, el Comité pide al Gobierno que, en ausencia de una decisión de una autoridad competente que dicte lo contrario y dado el tiempo transcurrido desde el cierre de las cuentas bancarias del sindicato y la repercusión que ello tiene en su capacidad de ejercer sus actividades en defensa de sus afiliados, adopte medidas inmediatas a fin de garantizar al Suntracs la plena disposición de sus fondos y la operatividad de sus cuentas en el sistema financiero. El Comité pide adicionalmente al Gobierno que, en consulta con los interlocutores sociales representativos y con miras a garantizar plenamente el derecho de las organizaciones sindicales a organizar su administración, se asegure de que toda restricción en el uso de los fondos sindicales o en el manejo de sus cuentas bancarias se base en un procedimiento imparcial y objetivo, llevado a cabo por un órgano independiente de las autoridades administrativas y, en todo caso, sometido a control judicial.
Como siempre lo hemos manifestado, nos asiste la razón. Por tanto, desde la OIT se insta al Gobierno a dar paso a la reapertura de las cuentas como obligación del Estado a favor del sindicato; protección a los dirigentes; más información sobre los procesos judiciales contra los dirigentes; llevar el caso a la próxima reunión del Consejo de Administración a fin de que sea llevada en junio a la Conferencia Internacional del Trabajo.
El accionar de los sindicatos y gremios del movimiento social se da en pleno goce del derecho que tenemos a defender el organizarnos para la defensa de nuestros intereses. Hoy seguimos en la lucha, a pesar de la satanización, intimidación, represión y procesos jurídicos amañados. Es una lucha por el derecho a pensiones dignas (abajo la Ley 462), por la defensa de la vida y la naturaleza (rechazamos la reapertura de la mina y los embalses en Río Indio), llamamos a la defensa de la patria (contra acuerdos vendepatrias a que ha llegado Mulino con Trump).