Justicia comunitaria nace con pecado original

Actualizado
  • 28/02/2018 01:01
Creado
  • 28/02/2018 01:01
Infraestructuras deficientes, ausencia de recursos económicos y falta de personal entorpecen la implementación del nuevo sistema.

Un análisis realizado por la Alianza Ciudadana Pro Justicia reveló que no existen las condiciones para que el nuevo sistema de Justicia de Paz, que remplaza a los corregidores, esté cumpliendo con las funciones de generar un cambio de cultura en el manejo de los conflictos comunitarios.

Existe una compleja deficiencia en infraestructura, mobiliarios en pésimas condiciones, ausencia de equipos tecnológicos, escasa accesibilidad para personas con limitaciones físicas y poca visibilidad de casas de justicia, que reemplazaron las corregidurías y juzgados nocturnos, señala el informe al cual tuvo acceso La Estrella de Panamá.

Se trata del Informe de Veeduría Ciudadana sobre la Implementación de la Ley 16 de 2016, en Panamá y San Miguelito, elaborado entre el 4 y el 12 de enero del año en curso, después de que se puso en marcha el nuevo sistema.

Este informe se basó en entrevistas dirigidas a jefes de despachos de las casas de justicia sobre temas como capacitación, procedimientos aplicados, recursos humanos e infraestructura básica. Se elaboraron trece preguntas abiertas y cerradas que se aplicaron a los nuevos funcionarios.

VACÍOS LEGALES

El documento indica que no se ha producido un cambio de imagen para dar paso del sistema de corregiduría a casas de justicia. Además, que urge trabajar en una imagen corporativa de los despachos, hay que habilitar las condiciones para el funcionamiento de la Justicia Comunitaria de Paz, señala el informe de la Alianza Ciudadana Pro Justicia.

Según la organización civil, que ha participado en la implementación del nuevo sistema, hay que poner en marcha acciones que apunten a lograr un acercamiento con la Secretaría de Descentralización, para que así se destinen los fondos para la habilitación de estas instancias.

Pero estos no son los únicos contratiempos que experimenta la implementación de la Justicia Comunitaria de Paz. Existen, según el documento de la Alianza Ciudadana, muchos vacíos en la implementación de la Ley 16 para la resolución de conflictos. Al poner en marcha el sistema, ‘(los jueces) se sienten huérfanos de información'.

‘El problemas más grave que tenemos es que se está alegando falta de recursos para la implementación',

MAGALY CASTILLO

ALIANZA CIUDADANA PRO JUSTICIA

La falta de reglamentación a la ley marco deja a la interpretación y creatividad de los jueces la resolución de los conflictos. Esto abre puertas a impugnaciones sobre vicios de ilegalidad y quejas administrativas. También resalta que ‘falta seguimiento y orientación más cercana a los jueces de paz'.

Ante todas estas circunstancias, Alianza Ciudadana Pro Justicia considera que urge un decreto ejecutivo para reglamentar la ley. Además, recomienda valorar reformas tomando en cuenta la experiencia de los jueces.

Magaly Castillo, presidenta de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, explicó que esto es provocado por la falta de capacitación de los funcionarios que están ejerciendo la justicia comunitaria.

El problema, según la abogada, está en las provincias. ‘Mientras no arranque una capacitación continua, tendremos el problema de que estas personas no están capacitadas en el nuevo sistema, en los métodos alternos, justicia restaurativa ....'.

A juicio de la abogada, era de esperarse que en los primeros meses de la implementación del nuevo sistema se registraran deficiencias.

Sin embargo, Castillo considera que este tema tiene solución siempre y cuando exista la voluntad de capacitar a los funcionarios en la implementación adecuada de la Ley.

FALTA DE RECURSOS

El problema más grave radica en la falta de recursos. Los municipios, según la abogada, están advirtiendo de la falta de recursos para iniciar las capacitaciones de los funcionarios.

En principio se requerían $6.8 millones para la formación de los funcionarios, contratación de los nuevos jueces de paz y la adecuación de las estructuras de las casas de justicia.

En el primer año de la implementación, el Órgano Ejecutivo debió analizar este punto y solucionarlo. ‘Aprobaron la Ley, pero no se han puesto a discutir cómo se va a hacer para implementarla', añadió Castillo.

En materia de personal, también existen situaciones adversas. Hay casas de justicia donde hay jueces de paz, pero no mediadores. ‘Esa es una justicia a medias', indica la abogada.

Los mediadores en la justicia comunitaria asisten a los jueces en el manejo de las situaciones. Ellos cumplen con la función de resolver los problemas a través de la mediación de conflictos o la vía del diálogo dejando a los jueces los temas más complejos.

La falta de mediadores está causando un congestionamiento de casos porque todos los procesos están recayendo sobre el juez de paz, explicó Castillo.

El informe identificó, por ejemplo, que en el distrito de San Miguelito los jefes de despacho no son abogados. Según el documento, estos responden a una designación como secretarios judiciales con funciones de jueces de paz.

Hay incumplimiento en el nombramiento de los jueces de paz con el inminente riesgo de que las decisiones asumidas por estos funcionarios sean impugnadas por vicios de ilegalidad.

También hay ausencia de conocimiento de los procesos de convocatoria y selección de los jueces de paz y mediadores comunitarios, señala el documento sobre los hallazgos en el distrito de San Miguelito, de acuerdo con el informe de la sociedad civil.

ACCIDENTADA IMPLEMENTACIÓN

El primer día hábil del año 2018, los municipios enfrentaron un nuevo cambio en la administración de justicia comunitaria.

Era la institución administrativa más cercana a la comunidad, la corregiduría, que a partir del 2 de enero sería llamada Casa de la Justicia, que remplaza al corregidor por un juez de paz y el mediador comunitario.

Esta modalidad en la justicia comunitaria, tal como lo estable la Ley 16 de junio de 2016, debió entrar a regir en el Primer Distrito Judicial, que comprende las provincias de Panamá, Panamá Oeste, Colón y Darién, además de las comarcas Guna Yala y Wargandí.

Esa misma normativa, que tiene como principio seguir la cultura de la resolución alterna de los conflictos y la aplicación de medidas garantistas, busca seguir los pasos de la justicia penal ordinaria, enmarcada en la Ley 63 que crea el Sistema Penal Acusatorio.

Desde sus inicios, la implementación de este nuevo sistema enfrentó tropiezos. En un primer intento — junio de 2017— no pudo entrar en operación debido a la falta de recursos económicos. Seis meses después —enero de 2018— arrancó con muchas carencias que no han sido subsanadas.

Magaly Castillo, presidenta de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, apuntó que hay deficiencias en infraestructuras y falta de personal.

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