• 12/10/2012 02:00

Ley Internacional y doctrina del ‘descubrimiento’

Hoy, 12 de octubre del 2012, se cumplen 520 años de supuesto ‘descubrimiento’ de ‘Abia Yala’, para los pueblos originarios, y para Europ...

Hoy, 12 de octubre del 2012, se cumplen 520 años de supuesto ‘descubrimiento’ de ‘Abia Yala’, para los pueblos originarios, y para Europa, América; antes de este supuesto descubrimiento, en 1492, ya existía la Doctrina del Descubrimiento como Ley Internacional del Colonialismo.

Recordemos que los pueblos indígenas del continente tenemos alrededor de 9000 a 12000 años de estar en América, ¿Quién descubrió realmente a Abia Yala o América?

Conozcamos en breve resumen de esta historia desconocida por las actuales generaciones, el cual queremos compartir con ustedes, a fin de que hagan su propio análisis sobre este tema.

El 8 de enero de 1455, el Papa Nicolás V emitió la bula Romanus Pontifex al rey Alfonso de Portugal y le ordenó que en lo que respectaba a África y posterior América: ‘Invadir, buscar, capturar, vencer y someter a todos los sarracenos [los musulmanes] y paganos en absoluto y otros enemigos de Cristo... y los reinos, ducados, principados, dominios, posesiones y todos los bienes movibles e inmuebles en poder absoluto y poseído por ellos y para reducir sus personas a la esclavitud perpetua y para aplicar y apropiado para él y sus sucesores de los reinos, ducados, condados, principados, dominios, posesiones y bienes y para convertir a la suya el uso aprovechamiento y que poseen, estas islas, tierras, puertos y mares y que son de derechos de poseer y pertenecer dichos al rey Alfonso y su sucesores.’.

El derecho internacional que autorizó y reguló los 600 años de la colonización europea de gran parte del mundo hoy se conoce como la Doctrina de Descubrimiento. A partir de las cruzadas de la Tierra Santa en 1096-1271, los países europeos y las iglesias cristianas comenzaron el desarrollo de legalidades para justificar sus supuestos derechos a dominar y colonizar las naciones no cristianas.

Específicamente, Portugal y España contribuyeron al desarrollo de esta ley a principios de 1400 en sus disputas sobre las islas cercanas la península Ibérica y la costa africana. La Iglesia se involucró y publicó bulas papales, con las que se cobró la concesiones de la soberanía de Portugal y la jurisdicción sobre los pueblos indígenas y la propiedad de la islas y las tierras de África, que Portugal afirmó haber ‘descubierto’.

Bulas papales adicionales, proclamadas en 1493, pretendían conceder a España y Portugal derechos legales para colonizar y explotar el mundo entero. A partir de entonces, España y Portugal aplicaron la Doctrina de descubrimiento en África y América y más tarde Inglaterra, Holanda y Francia también utilizaron la Doctrina para reclamar derechos sobre los Pueblos Indígenas, sus tierras y recursos en Asia, el Pacífico y la Oceanía.

Las sociedades coloniales, que resultaron de la colonización europea de gran parte del mundo, siguen aplicando la Doctrina del Descubrimiento en contra de las Naciones y Pueblos Indígenas en la actualidad.

Es evidente que todos los pueblos indígenas necesitan comprender cómo la Ley Internacional del Colonialismo se ha desarrollado; la forma en que se utilizó para denigrarles como seres humanos y luego cómo se utilizó para robar sus tierras, bienes y derechos y cómo los ha afectado desde el inicio de la colonización hasta 2012.

Los diez elementos con los que contribuye la Doctrina son muy útiles en el análisis y la comparación de cómo las sociedades de colonizadores utilizan esta ley internacional contra las Naciones y Pueblos Indígenas.

Primer descubrimiento: 2. La ocupación real y la posesión; 3. Derecho Preferencial / Titulo Europeo; 4. Títulos Indígenas / Nativo 5. Limitación de derechos Indígenas soberanas y comerciales; 6. La contigüidad; 7. Terra Mullius; 8. El Cristianismo; 9. Civilización; El ‘modelo’ europeo de la ‘civilización’; 10. Conquista.

Las diversas formas y permutaciones de los elementos anteriormente mencionados están presentes en las historia y las leyes de hoy y las políticas de todos los países colonizadores y las sociedades coloniales establecidos por los colonizadores europeos. Estos elementos fueron utilizados y se sigue utilizando, para tratar de justificar las afirmaciones de limitar la soberanía, la propiedad y los derechos humanos de las Naciones y Pueblos Indígenas, los esfuerzos continuos de los pueblos indígenas para oponerse a la existencia misma de la doctrina del descubrimiento y derogar sus efectos perniciosos.

Acciones propuestas de los Pueblos Indígenas para iniciar la eliminación de la Doctrina de Descubrimiento. Pedimos a la Iglesia Católica y al Vaticano que adopte estos pasos iniciales para comenzar el proceso de repudiar y anular la Doctrina de Descubrimiento después de 600 años.

1. Adoptar la solicitud del Documento de la sala de Conferencia Haudenosaunee, y el American India Law Alliance, del foro permanente de Pueblos Indígenas y que presente dicho estudio, junto con las recomendaciones, en el Foro permanente en 2014.

2. Abogar para que todos los Estados adopten la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas como ley nacional de obligado cumplimiento.

3. Abogar para que todos los Estado revisen sus leyes, reglamentos y políticas que afectan a Naciones y Pueblos Indígenas y derogar leyes, reglamentos y políticas que reflejan los prejuicios etnocéntricos, feudales y religiosos de la Doctrina de Descubrimiento. Por otra parte, los Estados deben realizar estas revisiones en plena consulta con las Naciones y Pueblos Indígenas y con su consentimiento libre, previo, e informado.

EXLEGISLADOR DE LA REPÚBLICA.

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