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Proponen extender a 2028 el intereses preferenciales para viviendas
- 29/03/2023 15:35
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Tras vencerse la vigencia del régimen de intereses preferenciales para viviendas en diciembre 2022, el mercado podría gozar del beneficio por seis más, específicamente, hasta agosto de 2028, luego de que en la Asamblea Nacional presentaron un anteproyecto que hace una extensión particular.
El diputado presidente de la Asamblea Nacional, Crispiano Adames, presentó la iniciativa que modifica la Ley 94 de 2019 y la Ley 3 de 1985, que establece un régimen de intereses preferenciales a ciertos préstamos hipotecarios cuyo valor del bien oscila de $45 mil a $180 mil, informaron en un comunicado de prensa.
En su exposición, Adames hizo referencia a que suscribió un acuerdo con el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) y estos reunidos con la Cámara Panameña de la Construcción plantearon la posibilidad de hacer una extensión particular a la vigencia del régimen y entregaron el anteproyecto, que a su juicio es de valor por su alcance social, ya que crea una política que responde a las necesidades del desarrollo social y económico del país tras la pandemia de la covid-19.
Adames, dijo, que se requieren ajustes que permitan extender de forma transitoria el plazo para aplicar a los beneficios y la exoneración del impuesto de transferencia de bienes muebles en la operación de primera compraventa, reconocido en la Ley 106 de 1974, hasta el 1 de agosto del año 2028.
El anteproyecto presentado cuenta con un artículo transitorio donde establecen las excepciones para tener el beneficio que sería aplicable, desde la promulgación de la ley, para viviendas que cuenten con permiso de ocupación hasta agosto del año 2028.
Igualmente, podrán acogerse a la propuesta, las viviendas cuyos permisos de ocupación fueron expedidos desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha de promulgación de la ley, solo para hipotecas que se otorguen hasta el 30 de junio del año 2024.
La iniciativa legislativa platea que el tramo preferencial no podrá exceder de 4% de los préstamos para viviendas por un periodo de 10 años renovable, cuyo valor registrado, al momento del financiamiento, sea mayor a $45 mil y no exceda de $120 mil.
Asimismo, un 2% de los préstamos para viviendas plurifamiliar vertical con un periodo de 5 años no renovable, cuyo valor registrado, al momento del financiamiento, sea mayor a $120,001 mil y no exceda de $150 mil en el territorio nacional.
El último tramo preferencial sería de 1.5% de los préstamos de vivienda plurifamiliar vertical por un periodo de 5 años no renovables, cuyo valor registrado, que al momento del financiamiento, sea mayor a $150,001 mil y no exceda de $180 mil en todo el territorio nacional.