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- 12/02/2020 18:11
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La Contraloría acogerá el fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y procedió a suspender el pago de los salarios, dietas y combustibles que perciban los diputados suplentes que no hayan justificado su labor legislativa en la Asamblea Nacional.
El fallo de la CSJ señala que los diputados suplentes solo tienen derecho a la remuneración asignada a los diputados, cuando ocupen la curul en reemplazo del principal.
Los diputados suplentes, por el solo hecho de ser suplentes, no desempeñan funciones públicas, por lo tanto no se les puede reconocer dietas y emolumentos asignados por la Junta Directiva de la Asamblea Nacional.
A partir de la fecha se dará fiel cumplimento a dicho fallo de la Corte, comunicó el contralor de la República, Gerardo Solís, mediante la nota No.l85-2020-Leg, dirigida al presidente de la Asamblea Nacional, Marcos Castillero.
Mediante fallo emitido por la Corte el 13 de marzo de 2019, se resolvió denegar el amparo de garantías constitucionales promovido por Jorge Hernández, en nombre y representación de los diputados suplentes, en contra de la Resolución, ya que según lo alegado por el amparista, en ningún momento lesionó el derecho al debido proceso.
La Asamblea aclaró que una vez admitida la demanda de amparo contra la resolución de la Contraloría, la Corte, no suspendió los pagos a los suplentes.
La Asamblea decidió no enviar las planillas de aquellos diputados suplentes que estaban percibiendo un emolumento en otra institución.
Este dictamen declaró inconstitucional el tercer párrafo del artículo 224, del Texto Único del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, relativo al pago de dietas y emolumentos a los diputados suplentes.
"Cualquier diputado suplente que no justifique su labor legislativa, no se le pagará, nosotros como entidad fiscalizadora debemos dar fiel cumplimiento a los fallos de la Corte ya que sus decisiones son finales, definitivas y obligatorias según la Constitución", manifestó el contralor.