El barrio de Chualluma en Bolivia, es único en la ciudad de La Paz ya que todas sus paredes están pintadas de colores que resaltan los rostros de las cholas,...
- 19/11/2020 00:00
Lo que Panamá necesita: diputados nacionales, provinciales y comarcales
Diversas circunstancias y apremios políticos metajurídicos, cuyo análisis, por conjetural y opinable, desbordaría el marco conceptual de estos apuntes, produjeron en el año de 1983 una singular coyuntura de la que emergió un pacto tácito entre Gobierno y oposición en el sentido de modificar la Constitución de 1972 mediante un proceso constituyente suigéneris, que hizo caso omiso de la cláusula de reforma de la referida Constitución.
Dicho proceso se inició con la Resolución No. 140 de 1983, dictada por el Consejo de Gabinete, que creó la “Comisión Revisora de la Constitución Política de la República de Panamá” (en adelante la Comisión o la Comisión Revisora), en la que participaron todos los partidos que a la sazón apoyaban al Gobierno y todos los de la oposición, salvo Acción Popular, así como personas sin filiación partidista. En total fuimos 15 los miembros de la Comisión.
La Comisión acordó reformas constitucionales de tal naturaleza que, desde el punto de vista jurídico, supusieron un enorme avance en la reestructuración institucional de la República. Tanto fue así que el doctor César Quintero afirmó que, gracias a dichas reformas, el país contaba con una nueva Constitución, que, en esencia, implicaba el retorno a la de 1946, cuya arquitectura dio nacimiento a lo que el doctor Marcel Salamín ha denominado la República liberal - socialista.
Meses atrás, mi dilecto amigo, el doctor Harry Brown, me comentó que él y otro politólogo tenían rato de estar enfrascados, infructuosamente, en el afán de determinar cuáles habían sido los principios y criterios en que se fundamentó la Comisión Revisora al aprobar la curiosa composición de la Asamblea Nacional actualmente vigente. Le sugerí que no perdieran más tiempo en ese empeño, porque, sin conocer la propuesta que inicialmente aprobó la Comisión, jamás darían en el clavo. Le informé entonces que, según consta en el acta de la sesión ordinaria celebrada el 12 de marzo de 1983, la Comisión aprobó, por amplia mayoría, la propuesta de que el Órgano Legislativo quedaría constituido por diputados nacionales (veinte en total) y provinciales, todos ellos elegidos con arreglo al principio de representación proporcional de los partidos.
Pronto se supo que la reacción del Gobierno frente a dicho acuerdo era de absoluto rechazo y que, en su reemplazo, se presentaría una nueva propuesta a tenor de la cual la Asamblea Legislativa quedaría integrada solo por diputados elegidos en circuitos electorales de postulación uninominal, lo cual hacía tabla rasa del citado principio de representación proporcional de los partidos. Importa agregar que, según consta en diversas actas de la Comisión Revisora, ese sistema electoral había sido defendido reiteradamente por don Guillermo Endara Galimany, representante del Partido Panameñista Auténtico en la Comisión y, en consecuencia, ese partido se sumó a la propuesta del Gobierno.
Enterados de lo que ocurriría, varios comisionados nos pusimos de acuerdo para tratar de frenar la nueva propuesta. A tales efectos, nos reunimos varias veces, fuera del seno de la Comisión Revisora, con representantes del PRD. Nuestras gestiones resultaron frustráneas. (Véase el acta No. 59 de la sesión ordinaria del 25 de marzo de la Comisión). Fue imposible salvar la figura de los diputados nacionales. Lo único que se logró fue la creación de trece (13) circuitos electorales de postulación plurinominal en los que se aplicaría el principio de representación proporcional de los partidos. Estos circuitos fueron constituidos a la carrera, sin ningún criterio científico. Puedo asegurar, eso sí, que no se trató de un caso de lo que en inglés se denomina “gerrymandering”, ya que la delimitación de estas circunscripciones electorales, a diferencia del “gerrymandering”, no obedeció a consideraciones partidistas y, de hecho, no ha favorecido a ningún partido.
Por lo demás, el país es testigo de que los veintiséis (26) circuitos de postulación uninominal se han convertido en feudos podridos en los que impera a sus anchas el más desembozado clientelismo.
Aún sigo pensando que fue un error de la Comisión Revisora desechar el acuerdo originalmente aprobado. En mi opinión, la democracia panameña se habría asentado sobre bases más sólidas de no haberse incurrido en ese error.