• 17/10/2022 00:00

Cuando la justicia no...

“Muchos son los fallos que dan los jueces en contra de las conclusiones de los fiscales. Esto demuestra poca capacidad o dedicación en sus “investigaciones” (que muchas veces no hacen o las hacen mal)”

La Palma, Paja de Sombrero, Gualaca. _ Hace unos días, leí un artículo interesante, confeccionado por la mesa de redacción de este prestigioso diario. No recuerdo exactamente el título, pero era más o menos “cuando la justicia no funciona”, creo. Se refería al alboroto de Odebrecht y hacía énfasis en la deficiencia del Ministerio Público por la investigación, ya que se sabe de personas que no fueron incluidas en el alboroto. Bueno, del Ministerio Público no hay duda de que es una institución deficiente (¡probado!). Los funcionarios trabajan a su criterio o por las influencias que tenga el implicado o el denunciante.

Muchos son los fallos que dan los jueces en contra de las conclusiones de los fiscales. Esto demuestra poca capacidad o dedicación en sus “investigaciones” (que muchas veces no hacen o las hacen mal). Y actualmente, para empeorar, se han vuelto tan inaccesible y burocráticas las oficinas del Ministerio Público, que desalienta hacer gestiones en ellas. Es un daño que se le hace a la administración de justicia; pero no hay solución a esto. Siempre he pensado que esta institución debiera desaparecer, y crear el instituto de investigación, con detectives profesionales a nivel universitario y que no esté vinculado a la Policía.

Pero el problema mayor está en los jueces y magistrados. Un periodista investigador y bien asesorado por un abogado de calidad, podrá descubrir muchas barbaridades que se cometen a diario en los juzgados y tribunales, incluyendo la misma Corte. No solo en lo penal, sino en lo civil, laboral, agrario, etcétera.

Hay muchos casos, pero quisiera que el lector me permita poner un ejemplo: en el Juzgado Tercero de Circuito de lo Civil, en ese tiempo a cargo de una jueza Zita Rowe (esta señora fue penalmente denunciada dos veces por sus actos como jueza, pero no sabemos los resultados). Bueno, en ese Juzgado interpusimos una demanda de oposición a una titulación.

Desde un principio el proceso comenzó nulo, porque Anati le envió una copia del expediente del trámite de titulación, y el original lo envió a otro juzgado con otro opositor. Desde el principio, insistimos que no era formal ni legal que se trabajara de esta manera, pero la jueza, con toda su autoridad, determinó que para ella sí era formal.

En el otro juzgado dictaron un fallo, y ella dictó otro totalmente contrario, que si Anati hubiera tenido que cumplirlo, no iba a poder, porque uno ordenaba una cosa, y el otro, otra cosa sobre el mismo tema. En este proceso pedimos una inspección judicial, pero la jueza no la practicó conforme a lo establecido para este trámite, y nombró a un perito que pidió la otra parte.

Un peritaje es diferente a una inspección, por tanto no se pueden manejar como si fuera una sola diligencia, pero la jueza, con toda su autoridad, así lo hizo e impuso que cada parte le pagara mil balboas al perito (el Código Agrario dice que este trámite debe ser gratuito y que los peritos deben ser funcionarios). Interpusimos un amparo de garantías ante el Tribunal Superior de Panamá, Ramo Civil, porque considerábamos que se estaba violando lo que dice el Código Agrario y porque la diligencia de inspección no se practicó y mi defendido no había pedido peritaje; pero el Tribunal argumentó un poco de cosas extrañas. No dijo si el artículo del Código Agrario era correcto ni tomó en cuenta que la diligencia de inspección no se había cumplido, y negó el amparo.

Apelamos a la Sala Primera de la Corte, y resolvieron lo asombroso: en primer lugar la competente para resolver esta apelación era la Sala de lo Civil (art. 93 del C. J.); pero lo resolvió el pleno de la Corte (esto hace nula la sentencia por la competencia). Segundo, la apelación debía resolverse en tres días y se resolvió en tres meses. Y tercero, el pleno de la Corte ignoró el alegato probado de que la inspección judicial pedida no se practicó, y negaron el amparo. No sé qué dirá el lector. Lo que pienso es que se cometió una arbitrariedad en el Juzgado, y en el Tribunal y la Corte, la confirman. ¿Es este el tipo de justicia que el panameño espera? Esto ocurre muy a menudo: los códigos dicen una cosa, pero los jueces son los que mandan.

Abogado y docente.
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