• 28/05/2022 00:00

Homicidio, términos y expresiones

Los medios de comunicación generan noticias sobre hechos violentos en la sociedad, y al hacerlo emplean expresiones muchas veces no comprendidas por el ciudadano que le causan confusiones, razón por la que a continuación efectuamos algunos comentarios al respecto.

Los medios de comunicación generan noticias sobre hechos violentos en la sociedad, y al hacerlo emplean expresiones muchas veces no comprendidas por el ciudadano que le causan confusiones, razón por la que a continuación efectuamos algunos comentarios al respecto. No resulta nada sorprendente, enterarse que “mataron a alguien”, y que la víctima sea un recién nacido, o en otro caso que el hijo le quite la vida al padre o a la madre, entre otros, y si bien todos constituyen un delito contra la vida y son un homicidio, históricamente se les ha conocido bajo otras expresiones, aunque en nuestro país, no son más que homicidios agravados (art. 132) en un pariente cercano, y no asesinatos como se califica en algunos países.

El que mata a su padre, madre o hijo es un parricida, otros prefieren hablar de matricida, que es el que le quita la vida a su madre; o uroxidio, el esposo que le da muerte a su mujer; o también conyugicidio, la muerte provocada por uno de los cónyuges al otro; o infanticidio, que es la muerte en un recién nacido con límite hasta 7 años en algunos países. Las expresiones anteriores son términos que técnicamente están en desuso en el lenguaje jurídico penal desde el punto de vista legislativo de la mayoría de los países, pues simplemente se les identifica como homicidio agravado o calificado, y ya han desaparecido como delitos independientes del homicidio. También escuchamos “que sujetos armados ejecutaron a una persona” y se habla de sicariato, que no es más que la muerte ocasionada por encargo, a cambio de remuneración o pago. En nuestro medio se llama homicidio por encargo o puede ser que también se hable de femicidio, término que emplea la Ley 82 de 2013, que no es más que la muerte por violencia de género. A diferencia del homicidio simple, en la cual la víctima puede ser cualquier persona, y quien mata, puede ser hombre o mujer, en el femicidio solo puede realizarlo el hombre porque se da en el marco de relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres. Es un delito que se ha hecho para castigar al hombre (aunque la norma no lo diga) que es el causante de la muerte de la mujer, su novio, pareja o expareja, de manera que se excluya a las mujeres, y no pueda darse en las relaciones de pareja de homosexuales, o lesbianas.

En nuestro país, el homicidio puede ser intencional o doloso. Se “asfixia a la persona mientras duerme”, o puede ser culposo, si se atropella al peatón por descuido del conductor. Como vemos, son variados los términos que aluden al homicidio, cuando se comete en un pariente cercano (parricidio, infanticidio, matricidio), o cuando es por encargo, o cuando la víctima es una mujer (femicidio), y en todos ellos el común denominador (a excepción del femicidio) es proteger la vida de las personas sin distinción de edad, sexo, o parentesco. Para terminar, desde el punto de vista político criminal tengamos presente que la creación o reinstauración de tipos penales en torno al homicidio tienen efectos simbólicos, crean falsas expectativas respecto a la disminución de la criminalidad y solo sirven para darle visibilidad, como ha sucedido con el homicidio por encargo y el femicidio.

Catedrática de Derecho penal, UP
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