ACP ejecuta cartas de crédito por $547.9 millones

Actualizado
  • 17/12/2018 12:55
Creado
  • 17/12/2018 12:55
Estas cartas de crédito fueron emitidas para garantizar el pago de los Adelantos Iniciales otorgados por la Autoridad al Contratista Grupo Unidos por el Canal

La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) ha ejecutado exitosamente las tres cartas de crédito emitidas por dos bancos de la localidad, por más de $547.9 millones.

Estas cartas de crédito fueron emitidas para garantizar el pago de los Adelantos Iniciales otorgados por la Autoridad al Contratista Grupo Unidos por el Canal, S.A. (GUPCSA) para la ejecución de los trabajos del Contrato de Diseño y Construcción del Tercer Juego de Esclusas del Programa de Ampliación del Canal de Panamá, según informó la entidad en un comunicado de prensa.

La recuperación por parte de la Autoridad de estas sumas adeudadas se produce después de la emisión del Laudo Arbitral el 12 de diciembre de 2018 que requiere el pago de dichos montos y le da derecho a la Autoridad a presentar una demanda sobre estas cartas de crédito.

Las prontas acciones de la Autoridad han recuperado así el monto total de los Adelantos iniciales que se hicieron al contratista y se encontraban pendientes de pagar a la Autoridad.

La Autoridad también ha iniciado la ejecución de la carta de crédito emitida por UniCredit AG, la sucursal de Londres, para garantizar el pago de $13,186,719 que le adeuda GUPCSA a la ACP, en concepto de intereses de los Adelantos Iniciales, y espera recibir durante los próximos días el pago completo requerido, de conformidad con las condiciones que rigen esta garantía bancaria.

El laudo arbitral notificado el 12 de diciembre de 2018, también faculta a la Autoridad del Canal de Panamá a recuperar los Adelantos Adicionales que ascienden a la suma de $299,671,507.68.

La Autoridad continuará ejerciendo todas las acciones y recursos legales a su alcance para el cobro íntegro y sin demora de estas sumas de dinero adeudadas por el Contratista y sus accionistas en virtud del Contrato y de este laudo arbitral.

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