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- 27/03/2023 07:32
Mitos sobre las garantías de los productos
En más de una década tratando temas de protección al consumidor he encontrado con una serie de creencias sobre las garantías, que he preferido llamarles “mitos” y que constituyen ideas erróneas sobre respuestas que vendedores, casi siempre extranjeros le dicen a los consumidores sobre la garantía y el servicio técnico de un producto. El origen de estos mitos son desconocidos y su aplicación va desde un electrodoméstico, teléfono celular, hasta un auto nuevo o usado, incluso una casa; vamos a detallarlas:
Mito Nº1. La garantía es opcional, por quien sea y donde sea. Esto es totalmente falso. La garantía solo la cubre el servicio técnico autorizado. Si usted lleva el producto donde otro servicio técnico, un vecino o conocido el producto perderá el respaldo de la garantía de la marca. Además, el proveedor, es decir quien le vendió el producto no podrá eludir su responsabilidad so pretexto de trasladarla la responsabilidad en el fabricante, es decir debe responderle.
Mito Nº2. El servicio técnico puede no tener repuestos y tardar ilimitadamente en responderle. Totalmente falso. La ley 45 de 2007 establece en el artículo 46 que: “Si dentro del periodo de garantía estipulado para equipos o productos mecánicos, eléctricos, electromecánicos, electrónicos, mobiliarios y otros bienes de naturaleza análoga, estos no funcionaran adecuadamente, o no pudieran ser usados normalmente, por defecto del producto o causa imputable al fabricante, importador o proveedor, este último estará obligado a la reparación de dichos bienes o a su reemplazo, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se presente la respectiva reclamación.
Ahora bien, muy importante es conocer que tratándose de vehículos a motor, la ley establece en el artículo 46 lo siguiente: “Cuando se trate de vehículos de motor o equipos de tecnología sofisticada, entendiendo por estos últimos, los técnicamente complejos o avanzados, el término para su reparación o reemplazo será de hasta ciento cinco días calendarios, contado desde el momento en que haya constancia escrita de la solicitud del consumidor al proveedor y la correspondiente inspección por parte de este último. Si el proveedor se excede de 60 días, deberá facilitar al consumidor un vehículo similar al dado en reparación, por el tiempo restante que tome esta. Cuando el tiempo exceda de los ciento cinco días, el proveedor estará en la obligación de reemplazar el vehículo por uno nuevo.”
Mito Nº3. Si está golpeado o rayado, la garantía no lo cubre. Esto es verdadero, siempre que el proveedor haya informado al consumidor previamente que la garantía no responde por defectos del producto si presenta golpes, rayones, etc., constituyéndose en las causales válidas de exclusión de la garantía.
Mito Nº 4. Si se daña no te preocupes, yo te lo cambio. Falso. No resulta tan fácil sacar del mercado un producto una vez que se ha vendido y sin determinarse el origen del daño que presenta el producto. Las marcas se cuidan mucho para declararse así mismo que han producido un bien generalmente en serie con un error. Y no es que esto no ocurra, puede ocurrir porque las máquinas que producen en serie pueden saltarse o averiarse en un proceso, cuando esto ocurra el fabricante recurre al “Recall” alertando a quienes hayan adquirido un producto de esa serie o lote y compensándolo una vez retire del mercado los productos.
Mito Nº 5. Esto no tiene garantía. Producto en oferta no tiene garantía. Mito falso. Todo bien nuevo tiene garantía. Si el proveedor no señala el término de la garantía la misma se le aplica una garantía legal de tres meses sin perjuicio de pactar una menor dependiendo de la naturaleza del bien. Los bienes que la ley establece que pueden no tener garantía son los reposeídos, reconstruidos o usados, exceptos los automóviles que así sean usados tienen garantía de seis meses o 15,000 km, lo que ocurra primero.
Estos no son los únicos mitos sobre la garantía, seguramente usted ha escuchado otros, porque existen más que presentaremos en otra ocasión.