TE inicia la inscripción para el voto adelantado

Actualizado
  • 09/03/2023 00:00
Creado
  • 09/03/2023 00:00
Los panameños en el extranjero podrán inscribirse hasta el 15 de diciembre de 2023. Las votaciones, que serán por internet, se habilitarán del 23 de abril al 2 de mayo de 2024
El voto adelantado será solo para el cargo de presidente de la República.

Los panameños que deseen ejercer su derecho al voto en las elecciones de mayo de 2024, y que no podrán acudir a las mesas de votación, tendrán la opción de ejercer su derecho de forma adelantada.

Ese voto solo será para el cargo de presidente de la República. Para cumplir con ese requisito los ciudadanos podrán inscribirse hasta el 15 de diciembre de 2023, en el registro de electores para el voto adelantado por internet.

Podrán ejercer el voto adelantado los ciudadanos que estén en el extranjero el día de las elecciones, los miembros de la Fuerza Pública, del Cuerpo de Bomberos, Sinaproc, la Cruz Roja Panameña, el personal médico y de enfermería, así como los fotógrafos de prensa, los camarógrafos de televisión y periodistas, delegados electorales, servidores del Tribunal Electoral y de la Fiscalía General Electoral, y las personas que hayan comprobado tener algún tipo de discapacidad.

El magistrado primer vicepresidente y director general del Plan general de elecciones, Eduardo Valdés Escoffery, dijo que para la elección general de 2024 el voto por internet tendrá una nueva modalidad de seguridad, una nueva fisonomía, un nuevo “upgrade” con sistemas de reconocimiento facial biométrico.

Sharon Sinclaire de Dumanoir, directora nacional del Registro Civil y encargada de la comisión de voto adelantado, destacó que hay dos modalidades de voto en Panamá dentro del territorio nacional y desde el extranjero: el voto manual o el voto presencial que todos conocemos y el voto electrónico que se hace en algunas mesas de votación.

El periodo de votación para las personas que ejerzan el voto adelantado será del 23 de abril al 2 de mayo de 2024.

Las personas que ejerzan el derecho al voto desde el extranjero deberán informar su último domicilio en Panamá o su residencia electoral en el país, dirección residencial completa en el exterior y teléfono celular donde se le pueda localizar, nombre y cédula de la persona de contacto en Panamá, con su dirección física, correo electrónico y número de teléfono. Además, no debe haber adquirido una nacionalidad distinta a la panameña por naturalización o la que no tenga derecho por nacimiento.

En tanto, para los panameños que están en el país y ejerzan el voto adelantado, deberán informar la residencia electoral que mantiene en el país, las razones por las cuales solicita su inscripción en el registro y presentar carné laboral, carta o certificación de su empresa, institución u organización firmada por gerente o director de recursos humanos.

La persona con discapacidad deberá adjuntar la certificación médica.

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