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Corte Suprema rechaza amparo de garantías a matrimonio igualitario en Panamá
- 08/09/2021 17:56
- 08/09/2021 17:56
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Panamá no admitió un amparo de garantías constitucionales presentado, por el rechazo del Tribunal Electoral a aceptar el matrimonio de Juan Alonso y su pareja Juan David Parra.
La decisión de la Corte se conoció el lunes, 6 de septiembre en edicto 1105, y cuenta con el salvamento de voto de los magistrados Ángela Russo y Luis Ramón Fábrega.
La demanda contenciosa administrativa de protección de derechos humanos tuvo como ponente a la magistrada María Eugenia López.
El recurso legal presentado por la firma de abogados Morgan & Morgan, actuando en nombre y representación de Juan Alonso intentaba declarar nula, por ilegal, la Resolución 237 DNRC/DPE de 24 de julio de 2019, emitida por la Dirección Nacional del Registro Civil del Tribunal Electoral, así como sus actos confirmatorios y para que se hagan otras declaraciones.
Ante la notaría colombiana primera De Bello, Antioquia, se dieron el sí, el panameño Juan Alonso y su pareja Juan David Parra en el año 2017, pero al intentar inscribir el matrimonio en Panamá se le rechazó.
En el 2016, se presentó una demanda para que se declare inconstitucional la frase “entre un hombre y una mujer” contenida en el artículo 26 del Código de la Familia.
El bufete Morgan y Morgan, fue contratado por Raúl Jelensky y John Winstanley, pareja que contrajo matrimonio en la embajada del Reino Unido en 2008. El 25 de abril de 2016, la unión bajo la sección de la ley de matrimonios del 2013 de ese país lo validó como existente desde el día de la unión. Cuando la pareja intentó registrar el hecho en el Registro Civil de Panamá, la institución rechazó la inscripción, basando su decisión en el artículo 26 del Código de la Familia.
Se apeló la resolución del Registro e interpuso una demanda ante la Corte Suprema de Justicia, que está en manos del magistrado Luis Ramón Fábrega.