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Pleno de la Asamblea Nacional aprueba en tercer debate ajustes a ley de intereses preferenciales para viviendas
- 22/08/2023 19:03
- 22/08/2023 19:03
El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate, el proyecto de ley No. 1039, que modifica y adiciona artículos a la Ley No. 3 de 1985, que establece un régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios, y se dictan otras disposiciones.
La razón de activar la vida jurídica de la Ley No. 3 de 1985, que establece un régimen de intereses preferenciales a tasas de intereses menores del mercado hipotecario, según el ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot), Rogelio Paredes busca hacerle frente al déficit habitacional, uno de los mayores flagelos sociales del país y del mundo.
La medida de extender ese beneficio reviste su importancia en el desarrollo de la industria de vivienda, a los compradores facilitar su accesibilidad, ayudar a la clase media trabajadora y defender el núcleo familiar.
Con los ajustes aprobados se permitan extender, de forma transitoria, el plazo para aplicar los beneficios y la exoneración del impuesto de transferencia de bienes inmuebles en la operación de la primera compraventa, reconocida en la Ley No.106 de 1974, hasta el 1 de agosto de 2025.
El referido tramo preferencial, dependiendo del valor de la primera vivienda de aplica de acuerdo con una tabla que va desde 4% hasta 1.5%, y abarca la cobertura, con un valor registrado al momento del financiamiento, de $45 mil hasta $180 mil.
La necesidad de extender la ley de interés preferencial se dio luego de que a finales de diciembre de 2022 vencieron algunos tramos de estas hipotecas y otros el 1 de enero de 2023.
El vencimiento de estos tramos deja sin efecto el beneficio de interés preferencial para algunas viviendas que tienen su permiso de ocupación después de esa fecha.
La iniciativa, impulsada por el Órgano Ejecutivo, por ejemplo, plantea que el tramo preferencial no podrá exceder de 4% los préstamos para viviendas por un periodo de 10 años renovable, cuyo valor registrado al momento del financiamiento sea mayor a $45.000 y no exceda de $120.000.
Asimismo, un 2% de los préstamos para vivienda plurifamiliar vertical con un periodo de 5 años no renovable, cuyo valor registrado al momento del financiamiento sea mayor a $120.000 y no exceda de $150.000 en Panamá y Panamá Oeste.
El último tramo preferencial sería de 1,5% de los préstamos de vivienda plurifamiliar vertical por un periodo de 5 años no renovables, cuyo valor registrado al momento del financiamiento sea mayor a $150.000 y no exceda de $180.000 en Panamá y Panamá Oeste.
Los préstamos hipotecarios con intereses preferenciales podrán ser otorgados hasta diciembre de 2025.