• 09/10/2018 02:00

Del Sistema de Oralidad en los Procesos de Familia

Esta implementación del ‘nuevo' sistema oral en los distintos procesos de familia, llevados ante los diferentes Juzgados Seccionales de Familia de Panamá

Realizando mis gestiones en los Juzgados de Familia, aquella Jurisdicción que está ubicada en el corregimiento de Ancón, edificio 351 Emberá (antiguo Ifarhu), observé un anuncio en cada puerta de Juzgado que daba a conocer que, a partir del 20 de agosto de este año, se aplicaría el ‘Sistema de Oralidad en las Audiencias en los Procesos de Familia', a fin de lograr una justicia pronta y cumplida en los Juzgados Seccionales de Familia (estos últimos son los que realizan procesos de divorcios, impugnaciones de paternidad y/o maternidad, tutelas, etc.); así pues, mi curiosidad fue tan grande que me llevó a pedir, en uno de los juzgados, una copia de la dinámica a seguir en este tipo de procesos y, al leerlo dije: ‘¡Al fin!'.

Esta implementación del ‘nuevo' sistema oral en los distintos procesos de familia, llevados ante los diferentes Juzgados Seccionales de Familia de Panamá, consiste en que todas las audiencias que se realicen puedan ser grabadas, mediante la utilización de los medios tecnológicos instalados por el Órgano Judicial. En ese sentido, las grabaciones quedarán resguardadas por el juez que presidirá la audiencia, pero si Usted es parte del proceso y desea copia de lo dicho, puede pedirla a través de su abogado, quien suministrará el disco compacto (cd), y llenará un formulario expedido por el propio Juzgado para que le proporcionen su copia.

Para nosotros, los abogados que hemos tramitado procesos de familia ante los distintos Juzgados de Familia, Niñez y Adolescencia (jurisdicciones que no son lo mismo y que ahondaré sobre ellas en otro artículo) no es una novedad la aplicación del sistema de la oralidad, puesto que este es uno de los principios por medio del cual se rigen tanto la Jurisdicción de Familia como la de Niñez y Adolescencia en sus distintos procesos; sin embargo, lo novedoso es la implementación de las herramientas tecnológicas para su aplicación acordes con las demandas judiciales del Siglo XXI, así como la dinámica a seguir en las audiencias de familia, que no es más que continuar el correcto procedimiento establecido en la Ley de Familia con la utilización del lenguaje verbal en la audiencia, sin pasar por alto la reserva o confidencialidad de las partes, la economía procesal en las actuaciones, la pronta respuesta del juez ante lo discutido, la compostura de los abogados en la audiencia, entre otros.

Ahora bien, fue muy grato observar el anuncio de la implementación del sistema oral, ya que facilitará prontamente, a los abogados, el trabajo denodado del personal del despacho, quienes debían escribir todo lo que se habló en la audiencia con las correcciones, sin faltas ortográficas (si es el caso), factor que incidía en la mora judicial; y, como por arte de magia, ya no tendremos que mentalizarnos para tener una paciencia del porte de un tsunami para obtener la decisión del caso, pues se recibirán inmediatamente al finalizar la audiencia.

En fin, en el ejercicio de la profesión de abogado, sabemos que todo el sistema judicial está encaminándose hacia la implementación del sistema de grabado, no obstante, esperemos que con la aplicación de la oralidad, la realización de las audiencias de familia sea de provecho, más expedita y cumpla con los requerimientos necesarios para hacer de esta herramienta una verdadera gala de la protección y garantía de los derechos de las personas y se acoplen a la nueva era de la tecnología bien utilizada.

ABOGADA

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