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- 16/04/2011 02:00
El derecho a un medio ambiente sano
El derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado se encuentra entre la clasificación de los Derechos Humanos de tercera generación, conocido también como los Derechos de los Pueblos o Derechos de Solidaridad, lo cual debe sostenerse en el principio de Fraternidad y se inspira en la armonía que debe existir entre los hombres y los pueblos, entre estos y la naturaleza.
Estos derechos pertenecen a cada individuo y a la vez a los grupos sociales, a la colectividad en general al conjunto del pueblo e incluso a la comunidad internacional. Es una obligación fundamental del Estado con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegida de acuerdo con la Ley.
Sin embargo, en nuestro querido Panamá en los últimos años se ha contribuido a someter al planeta en una tensión intolerable producto de la deforestación, la destrucción de hectáreas de mangles y manglares, corales, etc.; por otro lado, las termoeléctricas de carbón, la proliferación de torres de antenas de celulares en medio de áreas residenciales y, por supuesto, la explotación minera de cielo abierto. ¿Y qué decir de los efectos por el deterioro de los ecosistemas y la amenaza al medio ambiente, los desastres naturales, inundaciones, sequías, el aumento frecuencia de las lluvias, el problema del abastecimiento del agua potable? Estos factores ponen en peligro la vida humana y al país que le vamos a dejar a los hijos de nuestros hijos o las generaciones que nos sucederán. Otros de los derechos de los pueblos es de disponer de alimentos sano, no contaminados y a disponer de agua y aire puros; desde luego el derecho al desarrollo económico sustentable o sostenible, término adoptado por la Comisión de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo y que lo define como el ‘desarrollo que aborda las necesidades del presente, sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para enfrentar sus propias necesidades’.
La Declaración del Derecho al Desarrollo, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 1986 nos ofrece una explicación, más completa de lo que incluye el desarrollo que dice: ‘El individuo está, en virtud del derecho al desarrollo, facultado para participar, contribuir y disputar del derecho social, cultural y político en el cual todos los derechos humanos y las libertades fundamentales puedan ser íntegramente realizados’.
Este concepto implica que el desarrollo económico es un medio para promover los cumplimientos de los derechos humanos, por lo tanto el éxito del desarrollo económico no puede medirse solo sobre la base de los factores económicos, sino que es un proceso de mejoramiento de la Situación Económica, política, social y cultural, en la cual ese ser humano, es el sujeto, de ahí que la participación activa del conjunto de la población es vital para determinar el contenido del desarrollo deseado y de lo que conviene a nuestro país. Ningún panameño debe ni puede renunciar a esta responsabilidad; por lo contrario, estamos obligados a no dejárselo a los grupos económicos inescrupulosos o a persona alguna.
‘Por la vigencia real, efectiva de los derechos humanos en Panamá’.
*ECOLOGISTA.