• 03/12/2024 00:00

Reformas a la CSS: se necesita una ética emancipadora

En el código de Hammurabi (antigua Mesopotamia), la mujer tenía algunos derechos, como el de administrar el patrimonio de su marido al enviudar, sobre todo en favor de sus hijos o hijas. La noticia poco feliz para la mayoría de las mujeres era que esto era válido para las mujeres posicionadas cerca de la misma cúspide de la pirámide social de la sociedad babilónica. Así, de las tres clases sociales existentes en esta sociedad, las de las clases trabajadoras -tanto de estratos “libres” como de los esclavizados- tenían menores posibilidades de que esto se cumpliera.

Esa realidad de la distribución jerarquizada de las mujeres que se beneficiaban de un derecho, en primer lugar, de acuerdo con su condición de clase, se sigue repitiendo hoy, después de 37 siglos de haberse concebido reglas jurídicas como las de Hammurabi para ejercer el derecho y la justicia. Sin embargo, las personas discriminadas tenían conciencia de su discriminación, solo que les resultaba cosa normal, cuando no natural y hasta divina. Hoy, teniendo más elementos que permiten reconocer tal jerarquización en la exclusión de los grupos y específicamente de las mujeres, se sigue ocultando e ignorando el carácter de clase de tales aplicaciones normativas. Esto es el caso del proyecto 163 de reformas a la CSS, que pretende otorgar beneficios mayores a las mujeres de las clases sociales que no necesitan de una pensión de vejez, invalidez o viudez y participan como accionistas o directivas de las empresas aseguradoras, bancarias y otras, mientras se ofrecen menores beneficios a las que son parte de las clases trabajadoras, que como dependientes o no, sufren el mayor aporte que hacen a las unidades domésticas que reproducen social y económicamente al país, sin que se les reconozca, salvo en que se pueden pensionar antes que los hombres.

En efecto, respecto al acceso al aseguramiento social, se observa una mayor contundencia de jerarquización desde el punto de vista de la clase y el grupo étnico al que se pertenece, que la desigualdad desde el punto de vista sexo genérica per se.

Aproximadamente, el 52% de la población de condición de clase trabajadora (incluyendo asalariados y no asalariados del sector informal) está excluida de cualquier forma de seguro social, de acuerdo con el último censo nacional de población. Por su parte, de la totalidad de las mujeres del país, el 48.3 % está cubierta de alguna manera por algún seguro social (INEC, 2023, Censo de Población). En contraste, el 43.2 % del total de los hombres de todo el país tiene alguna forma de aseguramiento social. La diferencia la hace la proporción de asegurados activos que cotizan, hay un 5 % en favor de los hombres. Consecuente con la distribución en el mercado de trabajo, la cuantía de mujeres que son dependientes es mayor que la de los hombres (ibidem).

Ahora bien, si miramos qué proporción de la población indígena-dentro y fuera de comarcas-está asegurada, constatamos que solamente el 25.1 % de estos está cubierto por alguna forma de seguro social (INEC, 2023, Censo de Población). Precisamente, cuando las mujeres pertenecen a las clases trabajadoras y además son indígenas, están en la peor posición de la pirámide social panameña, en este caso, visto a través del régimen de aseguramiento social. Ergo, la condición de clase social y la jerarquización racial parecen tener mayor nivel de determinación que la condición sexo genérica per se.

Pues bien -o mal-, la propuesta de reforma gubernamental y en buena medida, la de parte significativa de las “propuestas alternativas” de ciudadanos que han desfilado por el primer debate de la Asamblea nacional, están orientadas a resolver un problema meramente financiero de una institución que no está cubriendo a la mitad de la clase trabajadora y al 75 % de la población indígena. Pocas, muy pocas propuestas lo han tenido en cuenta. A no ser por los señalamientos hechos en contra de la edad de retiro, en el caso de las mujeres, toda la defensa ha girado en torno al funcionamiento financiero de la institución -paso importante, sin duda, pero insuficiente- sin atender a una ética emancipadora de toda la clase trabajadora, de todas las etnias racializadas y no solamente a una parte de ellas que pueden alcanzar el aseguramiento en la CSS. La ausencia de una ética emancipadora da pie a mantener desigualdades coloniales angloeurocéntricas. Se necesita una ética emancipadora en el movimiento popular.

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