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- 08/05/2015 02:01
Presiones sobre la construcción
Existe la percepción generalizada de que la industria de la construcción, por ser una actividad que se sostiene a base de grandes inversiones, resiste sin mayores afectaciones los incrementos de costos que constantemente se le imponen. Estos se asemejan a una cinta sin fin en la que se observan nuevos gravámenes, tasas, incremento de los costos de construcción y de otros que se derivan de la aplicación de normas y códigos sumamente exigentes. Esos costos se sustentan, en algunos casos, en criterios de países con otros métodos y prácticas de construcción distintos a los que tradicionalmente se utilizan en Panamá.
Si bien es cierto, que los incrementos de los costos de construcción pueden ser trasladados a los consumidores, no es menos cierto, que este tratamiento tiene sus límites cuando la sumatoria de tales aumentos afecta la capacidad adquisitiva de los compradores. El efecto es una reducción de la demanda efectiva del mercado inmobiliario, principalmente de los compradores de viviendas de mediano y bajo costo.
Es por ello que hacemos un llamado de alerta sobre los constantes aumentos en los impuestos, tasas y derechos aplicables al sector y del incremento de los bienes, insumos y servicios utilizados en la construcción, los cuales en los últimos años presentan un comportamiento extremadamente riesgoso.
Solo hay que hacer un listado de esa realidad y se notará el aumento del impuesto de construcción, de los permisos de ocupación, de movimientos de tierra, de instalación de estructuras temporales, entre otros, establecidos mediante nota de interpretación de tarifa expedida por la Dirección de Obras Municipales del Distrito de Panamá el 12 de agosto de 2013, que se fundamenta en una valoración de la tabla impositiva realizada por esa oficina alcaldicia.
A eso se suma el aumento de los salarios mediante Convención Colectiva de Trabajo de mayo del 2014, el incremento de la tasa de servicios que presta el Cuerpo de Bomberos de Panamá, mediante Resolución No. 001-A-12 del 14 de marzo del 2012 y la tasa para el pago de los servicios del Oficial de Seguridad, establecido en el Decreto Ejecutivo No. 17 del 2007, modificado por el Decreto Ejecutivo No. 19 de febrero del 2014.
Se impuso, además, el pago de servicios por la aprobación de estudios de impacto ambiental por parte de la entonces Autoridad Nacional del Ambiente, actualmente Ministerio de Ambiente, el pago de servicios por la revisión y aprobación de planos por parte del Ministerio de Salud y el pago por la revisión y aprobación de planos y otros servicios por parte del Sistema Nacional de Protección Civil.
A la lista se añade el pago por la revisión y aprobación de los estudios de tráfico impuesto por el Ministerio de Obras Públicas, el pago por la revisión y aprobación de estudios hidráulicos, las donaciones a las juntas comunales para la autorización de instalación de estructuras temporales, como grúas, montacargas y otros, el incremento de costos derivados de la aplicación del Código de Seguridad NFPA 1 y los incrementos de costos derivados de la aplicación del Código Red 2014 de diseño sísmico.
Pero todavía hay más. Se le cargan al sector de la construcción los costos derivados de la aplicación del Acuerdo Municipal No. 34 del 17 de febrero de 2009 que obliga a la reparación de calles y drenajes pluviales en áreas circundantes a los proyectos, también los costos generados por especificaciones de rodaduras de calles y aceras en urbanizaciones, lo mismo que los costos adicionales derivados de las normas que obligan al soterramiento de cables en nuevas urbanizaciones.
El sector de la construcción tiene que hacer frente a los costos de operación y mantenimiento de plantas de tratamiento de aguas servidas que no recibe el Instituto de Acueducto y Alcantarillados Nacionales por falta de recursos presupuestarios, el aumento de costos derivados de la tarifa de energía, el incremento de costos de la tierra, el aumento de costos de insumos principales de la industria como son el concreto, el cemento y sus agregados, y el acero, entre otros, y el incremento de la tasa de la cuota la Caja de Seguro Social.
La relación anterior demuestra que la justificación en la que se amparan los proponentes de estas cargas impositivas, aumentos de costos y otros gravámenes, no tiene sustentación económica cierta, cuando aluden que se trata de pequeños porcentajes de incrementos que no afectan el valor final del producto inmobiliario. Lo cierto es que la sumatoria de esos aumentos, por bajo que parezca el porcentaje en cada caso, repercute sensiblemente en los costos de construcción y en el precio de venta de las viviendas.
Por eso hacemos un llamado reiterativo de alerta por el rumbo que están tomando los costos de construcción.
DIRECTOR GENERAL DE LA CAPAC.