• 15/01/2023 00:00

La minería y las oportunidades

La alternativa que enfrenta la administración del presidente Cortizo es que habiéndose confirmado el incumplimiento de Minera Panamá S.A. tras el fallo de inconstitucionalidad, la acción debe corregirse y el país debe ser indemnizado

Mucho se ha escrito sobre la mina a cielo abierto de la empresa Minera Petaquilla S.A. hoy de propiedad de First Quantum Mining (FQM) y sobre la inversión de 6.7 billones de dólares en la provincia de Coclé. Ahora se conocen los más de seis incidentes de ilegalidad presentados por los abogados de FQM ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) todos los cuales han sido rechazados desde el 2018, reiterándose la vigencia de la sentencia que declaró ilegal por inconstitucional el Decreto Ley 9 de 1997 que avalaba la concesión de 1997 que además protegía los beneficios fiscales.

Varios son los intelectuales y grupos ecologistas que se han manifestado en contra de la Concesión otorgada en 1997 por el Gobierno de Ernesto Pérez Balladares a Minera Petaquilla S.A. Y existen otros que incluyen al Gobierno de Sr. Laurentino Cortizo que están a favor. Recordamos que igualmente se manifestaron a favor los gobiernos de Juan Carlos Varela, Ricardo Martinelli y Martín Torrijos. Por otro lado, reconocemos que ha sido positivo el debate nacional sobre la minera, pues hoy se conoce que el geólogo panameño Richard Fifer, quien en 1996 solo se interesaba en explotar el oro, luego de más de 10 años de exploración y explotación, descubre grandes reservas de cobre y la existencia de otros metales y, así pues, en el 2008 vende y traspasa a Minera Panamá S.A. sus derechos y obligaciones.

Los temas centrales hoy en la mesa de negociación entre FQM y el Gobierno son: a) para renegociar un nuevo contrato, respetando las áreas concesionadas y los privilegios fiscales, además de corregir y resolverse el incumplimiento a la Constitución, se debe garantizar el pago de no menos de 375 millones dólares anuales al Estado por explotar y comercializar, dentro de dichas áreas, el cobre, el oro y otros metales preciosos, b) se debe garantizar el pago anual al Estado por las regalías de no menos del 12% (aceptándose las fluctuaciones de precio internacional, según valor de mercado), y c) el cumplimiento absoluto de la mitigación y la protección del medio, según estudio de impacto ambiental, que incluya la inspección del Estado en forma regular, para el control de la erosión y la contaminación en las áreas concesionadas y su posterior reforestación al estado original.

La polémica ha surgido por una fallo de inconstitucionalidad emitido por la CSJ en diciembre de 2017, en contra del Decreto-Ley 9 de 1997. Aducía la Corte entonces que el contrato con Minera Petaquilla S.A. no representaba los mejores intereses para el Estado. Nadie podrá justificar por qué la Corte tardo nueve años en dictar sentencia, sobre un recurso de tanta importancia para los panameños, admitido y presentado por una abogada del grupo ecológico Centro de Incidencia Ambiental (CIAM). Los errores jurídicos de los abogados de Minera Petaquilla S.A. y de la Asamblea de entonces, de permitir que FQM tenga a socios en las acciones a gobiernos extranjeros, incumple la Ley Constitución en los artículos 257, 259 y 290, entre otros. Esa violación a las leyes y la Constitución es un irrespeto a los ciudadanos. Esos artículos son conocidos por todos, pues responden a las luchas generacionales y nacionalistas en contra de la explotación de los recursos del istmo por gobierno extranjero, y que trajo luto a varias generaciones. Ese ejemplo vivo lo tenemos con la explotación comercial del tránsito en aguas del Canal por parte de los Estados Unidos de América. Y ese irrespeto de FQM a la Constitución de Panamá, no solo debe corregirse, sino que corresponde a Panamá ser indemnizada. Este tema no se ha traído a la mesa de discusión y se debe de incluir.

La alternativa que enfrenta el Gobierno del Sr. Laurentino Cortizo, habiéndose confirmado el incumplimiento de la Ley de parte de Minera Panamá S.A. y ahora después de haberse publicado la Resolución No. 2022-234 de la Dirección Nacional de Recursos Minerales el 19 de diciembre del 2022 y que no se ha explicado al país es, ¿qué hacer de no lograrse el nuevo acuerdo con FQM, cuyos términos y condiciones mínimos ya están en la mesa? Pues bien, recordemos el excelente precedente de cómo actuaron los panameños antes que revirtiera las áreas y la administración del Canal de Panamá. Y es que ya se demostró al mundo que los panameños tenemos los estudios, la honestidad y la capacidad de resolver temas de Estado. La experiencia existe y hoy conocemos que la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) goza de credibilidad, de capacidad financiera, de crédito, de personal y de prestigio para adelantar la acometida y continuar la operación de esa mina, aunque el presupuesto anual sea billonario. La ACP conoce de responsabilidades similares y su personal tiene experiencia, además, en mitigar los temas ambientales. Es la ACP la que controla los sistemas administrativos y sabe limitar la burocracia y sabe premiar la productividad. Y es por ello que ese personal son quienes pueden administrar eficientemente y generar los ingresos que requiere el Estado. Además, son ellos los que pueden garantizar esas plazas de trabajos de hoy y a la postre apoyar a los sucesivos Gobierno de turno, con ingresos que resuelvan exclusivamente los problemas de la extrema pobreza. Y lo más importante es que es la ACP y sus colaboradores quienes pueden en el tiempo presentar un proyecto de ley a la Asamblea para que se amplíe su competencia, dentro de las normas y del Título XIV de la Constitución que le garantizan su desempeño, fuera de los apetitos irresponsables de algunos políticos. Seguro estamos que un consenso nacional se logra bajos estas premisas.

Abogado
Lo Nuevo
Suscribirte a las notificaciones