• 12/05/2022 00:00

El florecimiento del turismo con la Ley 789

(...) es el momento de que, basados en esta ley, se construyan las facilidades necesarias para promover nuestros destinos turísticos y podamos accesar a este turismo de placer que anhelamos (...)

Es de mi interés en este artículo, expresar como promotor de proyectos, las bondades de la Ley 789.

Para efectos de conocer nuestra realidad, la gran mayoría de los cuartos de hotel están en la ciudad de Panamá y muy pocos en el interior del país. A modo de ejemplo, Costa Rica es exactamente lo contrario y no en vano su turismo es la envidia de tantos.

En muchos sitios exóticos de Panamá no existen ofertas hoteleras de calidad internacional, por lo que estos serán necesarios para promover nuestros recursos naturales de montaña y playas, y así aumentar nuestro turismo de placer.

La ciudad tiene una gran capacidad de alojamientos. El puerto de cruceros tendrá su efecto, y para los viajeros de negocios y con el nuevo centro de convenciones podremos hacer convenciones de gran tamaño-estilo Las Vegas. Sin embargo, todo eso beneficiará a la ciudad capital y no al interior del país.

Los indicadores mundiales muestran que el turismo de placer moderno busca lugares nuevos por descubrir. Muchos de ellos ya han visitado los existentes en Latinoamérica, particularmente Costa Rica, República Dominicana y México, y solo aspiran descubrir nuevos y diferentes destinos; y es aquí donde Panamá tendrá una oportunidad.

Ahora veamos, que un promotor quiera construir un hotel en un sitio remoto con excelentes oportunidades para el turismo, pero éste se encuentra carente de infraestructuras básicas, tanto de instalaciones como de accesos.

¿Yo me pregunto: habrá un banco capaz de financiar semejante aventura que un arriesgado promotor con visión se atreve a apostar?

Es allí donde el Estado buscó con la Ley 789, una herramienta creativa y distinta para incentivar que los capitales fluyeran al sector turismo, con el fin de crear empleos en la construcción y luego en la operación del desarrollo hotelero. Y por la ausencia de financiamiento bancario, esta ley es la única forma en la que vamos a explotar destinos turísticos por descubrir.

Y aquí una sinopsis de la ley y sus efectos. Primero que nada, el inversionista no puede ser también el promotor. Hacerlo distinto sería violar la ley y tendría sanciones, ya que esto sería un fraude fiscal.

El promotor recibe el financiamiento para la porción del costo del hotel, considerando solo el 5% en infraestructura. Al inversionista se le conceden créditos fiscales por este valor que él puede ceder a terceros.

Ahora bien, estos créditos no se pueden descontar inmediatamente, ya que los mismos tienen una serie de reglas:

1. No se pueden iniciar a descontar hasta 2 años después de que se inicie la inversión.

2. No se puede usar más del 15% del valor del incentivo por año durante un periodo de 7 años.

3. No se puede descontar más del 50% de total de los tributos que el tenedor de ese crédito fiscal le corresponda pagar en ese año.

4. La ley únicamente estará vigente hasta el 2024, con la intención de que estos desarrollos despeguen lo antes posible y que las bondades de lo que estos proyectos generen en la economía se reflejen en lo que sería una renta sustitutiva al sacrificio fiscal de la ley.

Sin esta ley, las inversionistas no vendrán y los promotores no desarrollarán estos proyectos. Igual que con las leyes SEM, EMMA, etc. Sin estas leyes, que también tienen sacrificios fiscales, las empresas no hubieran venido.

Panamá fue bendecido por Dios al darle el único lugar en el mundo con dos océanos tan cerca uno del otro y donde existen dos archipiélagos, una flora y una fauna única, cinco pueblos originarios únicos en este lado del mundo, un clima cálido todo el año que aprovechan los norteños en sus fríos inviernos, no hay huracanes ni terremotos preocupantes, una población noble y que respeta la vida (no en vano estamos considerados entre los países más seguros del mundo). Y allá afuera, un mundo deseoso por descubrir todos estos encantos, pero donde los lugares para pernoctar no existen.

Entonces, es el momento de que, basados en esta ley, se construyan las facilidades necesarias para promover nuestros destinos turísticos y podamos accesar a este turismo de placer que anhelamos, y que de seguro será el pilar de nuestro crecimiento económico, dado que su dispersión en la economía llegará a todos los sectores de la población, llevando empleos y eliminación de pobreza en estos sitios apartados y desconocidos por falta de infraestructuras.

El hecho de que no hubiéramos hecho mucho con los recursos naturales exóticos que tenemos, nos da la oportunidad de crearlos siguiendo las nuevas tendencias del turismo de hoy día, que se inclinan mucho hacia la naturaleza y el descubrimiento, tal como muy atinadamente lo señala el Plan Maestro de Turismo de Panamá. Y desde luego, la playa también juega un rol importante como lo ha sido para todas las islas del Caribe en el Atlántico desde Bahamas hasta Aruba. Y para nuestra suerte, en Panamá tenemos ambas.

Promotor de proyectos

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