• 21/08/2024 23:00

En materia presupuestaria persisten las incertidumbres y nubarrones (II)

Consecuente con la crítica situación de las finanzas públicas y, para cumplir con el mandato constitucional, el nuevo gobierno anunció que durante el resto de la vigencia fiscal 2024, se implementaría “un programa de contención de los gastos”. Su monto exacto y sus resultados, por depender de factores variables, no son precisos: el monto, porque estaría condicionado al nivel real de los ingresos y los resultados, por depender, en gran medida, del papel, receptivo o no, que juegue la Asamblea que, al final de las cuentas, es la que debe aprobar el proyecto para reformar la ley que aprobó el presupuesto.

Uno de los elementos claves de la propuesta aprobada por el Consejo de Gabinete y presentada por el ministro de Economía, otorgaba a este la potestad, unilateral, de decidir los traslados de partidas, hasta por un monto de cinco millones. De haber encontrado receptividad en la Asamblea (hay que asumir que no la tendrá, después de haber sido rechazada en la Comisión de Presupuesto), esa potestad le hubiera permitido al Sr. Chapman mover horizontalmente, no una, sino varias veces, las partidas asignadas a los diferentes ministerios. Por tanto, si finalmente esa potestad tiene un tope de 200,000 balboas, las eventuales “contenciones” que podría ejecutar su ministerio serían más ilusorias que reales.

Durante el sempiterno reinado del anterior presidente de la Comisión de Asuntos Presupuestarios se instauró una de las peores distorsiones constitucionales que tergiversó completamente las reformas, sabiamente introducidas por el Acto Constitucional de 1983. Estas estuvieron encaminadas a dar coherencia al proceso presupuestario, para que fuera una responsabilidad compartida y coordinada entre el Órgano Ejecutivo y el Legislativo. Pero como resultado de esa tergiversación este último, pero más concretamente, su Comisión de Presupuesto se erigió en dictadora de las finanzas públicas. Ante ella se doblegaron muchos ministros y directores de entidades autónomas para procurarse flexibilidades que no fueron gratuitas.

La decisión anunciada por la Comisión de Presupuesto, si bien modifica la aberración que era que todas las reasignaciones de partidas, así fueran ridículamente ínfimas, requirieran el visto bueno previo de esa instancia, también ha dejado en claro que la intención de la nueva asamblea es seguir siendo una segunda instancia, con mayor poder decisorio del gasto público.

El panorama que anuncia la decisión de la Asamblea, desde el nivel de su Comisión de Presupuesto, es altamente preocupante y debe ser motivo de una reflexión conjunta entre el Ejecutivo y el Legislativo. Las decisiones sobre los recursos públicos no pueden volver a la satrapía del pasado; pero tampoco es permisible que se insista en sacarse comodines de la manga.

Lo sensato, para comenzar, es que los proyectos de los presupuestos sean rigurosamente realistas, elaborados cumpliendo estrictamente con la metodología dictada por la Constitución. Desde su gestación primaria en los diferentes ministerios y entidades debe haber rigurosidad y precisión. Que prácticamente apenas se comienza la ejecución presupuestaria se deba recurrir a los traslados de partidas evidencia improvisación y poca seriedad. En un presupuesto bien concebido y debidamente planificado deben imperar la seguridad y la debida fundamentación de los gastos. Las modificaciones y su alteración durante su ejecución deben ser absolutamente excepcionales y no una práctica consuetudinaria.

El presupuesto en ejecución, por haber estado influenciado por los avatares y los factores distorsionantes de un año electoral era poco confiable y los resultados están a la vista. En las circunstancias actuales esos factores distorsionantes no deben tener ninguna influencia en las previsiones de los ingresos y los gastos para la vigencia fiscal del 2025.

Si para la elaboración del proyecto del presupuesto para la vigencia fiscal 2025 la nueva administración se ciñe a sus reiterados anuncios, este debe ser un modelo de seriedad financiera: sin distorsiones ni incertidumbres. Por eso, no deja de llamar la atención que cuando todavía no se conocen ni siquiera las líneas generales del proyecto del presupuesto, se hayan aprobado autorizaciones para prever supuestas posibilidades de incumplimientos o dificultades para honrar los vencimientos de la deuda pública, que no son desconocidos ni serán sorpresivos o que ya se hayan anunciado intenciones de aumentar los límites vigentes del déficit establecido en la Ley de Responsabilidad Fiscal.

El autor es abogado
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