• 29/08/2020 00:00

Confidencialidad del paciente, un derecho que debe ser preservado

“Sigamos luchando por nuestros pacientes y cumpliendo con todas sus necesidades para recibir una atención digna, de calidad y confidencial”

l derecho que tienen las personas de recibir asistencia en salud es universal y especialmente relevante cuando se trata de salvaguardar la integridad del paciente bajo cualquier escenario, del mismo modo la buena práctica médica debe estar acompañada de principios éticos bien definidos y que no den espacios a dobles interpretaciones, basado en eso, lo que todo médico o personal sanitario debe salvaguardar frente al paciente es el respeto por sus derechos humanos, siendo uno de ellos la confidencialidad, la cual es un derecho que tienen todos los pacientes para que cualquier persona que tenga acceso de forma directa o indirecta a su diagnóstico clínico guarde el debido respeto por mantener en secreto el estado del mismo.

La pandemia por COVID-19 que hoy nos golpea ha despertado preocupaciones en todas las personas y generado, hasta cierta medida, un pánico que puede lograr afectar el comportamiento razonable y justo de las personas, es que, en medio de tanto temor, da la impresión de que la población tiene un deseo descontrolado por conocer el estado de salud respecto a la COVID-19 de la mayoría de las personas vinculadas o no a su círculo social y lo más sensible es que cree gozar de ese derecho, que no tiene. Se nos ha convertido en una conducta usual leer, compartir e indagar sobre el estado de salud de personas que han sido expuestas a la luz pública, sin el conocimiento claro de si estos pacientes desean que su cuadro sea ventilado y discutido de forma inconsulta e informal.

El personal sanitario vinculado al manejo y cuidado de pacientes (médicos, personal de enfermería, técnicos de enfermería, tecnólogos médicos, camilleros, trabajadores sociales y estudiantes de áreas de la salud, entre muchos otros) ejerce un rol fundamental en la protección de la confidencialidad del diagnóstico de pacientes y, amparado bajo las normas de bioética, debe blindarse contra cualquier intensión que tenga como objetivo hacer público el estado de salud de un paciente sin su consentimiento previo.

La Ley 68 del 2003, que regula los derechos y obligaciones de los pacientes, en materia de información y de decisión libre e informada, en su capítulo tercero hace alusión al Derecho a la intimidad y en su artículo 13 establece que: “Toda persona tiene derecho a que se respete la confidencialidad de los datos que hacen referencia a su salud. Así mismo, tiene derecho a que nadie pueda acceder a ellos sin su autorización, salvo que lo prevea la legislación vigente”. En este sentido, nuestra legislación protege el derecho de los pacientes y permite que la violación de este pueda ser sancionada respecto a los reglamentos del código penal panameño.

No solo en tiempos de COVID-19 se ha visto cómo la información confidencial de los pacientes logra salir de los muros de nuestras instalaciones de salud, pasa con muchas otras enfermedades crónicas, agudas, trasmisibles, no transmisibles e infecciosas, entre otras. Tal vez de manera no intencional, como personal de salud, hacemos el comentario sobre el estado de algún paciente con algún colega o compañero de trabajo, o tal vez al llegar a casa con algún vecino que conozca al paciente, ya sea por lazos de amistad o familiares, lo cierto es que, aunque no tengamos la voluntad inmoral de esparcir un diagnóstico médico que el paciente desea guardar en secreto, cada vez que realizamos ese acto atentamos contra la dignidad de nuestro paciente y su confidencialidad diagnóstica y, además, violentamos una de las leyes de la República.

Hago una invitación a todos mi colegas médicos y demás personal sanitario a que guardemos siempre el debido respeto por la dignidad de nuestros pacientes, que nos preocupemos tanto por su salud como por su integridad y ello se vincula directamente a salvaguardar la confidencialidad de su diagnóstico, debemos evitar, bajo cualquier situación, que se nos vuelva costumbre compartir, publicar o enviar cadenas, ya sea en redes sociales o en nuestros teléfonos móviles sobre el estado de salud de cualquier paciente, ya sea conocido, amigo, compañero de trabajo o un desconocido. La primera función de un médico es no hacer daño, y eso involucra no solo un daño orgánico, sino también una afectación emocional.

Para nadie sería agradable ser el tema de discusión informal en un chat de grupo o red social, porque la vida íntima es justamente eso, y solo debe ser compartida bajo un consentimiento previo y voluntad autorizada. Igualmente, hago una invitación a los comités de bioética institucionales a estar muy alertas de estas situaciones que deben ser corregidas y sancionadas según las normas del Código de Ética o en caso tal, bajo lo establecido en la Ley 68 y el Código Penal.

Sigamos luchando por nuestros pacientes y cumpliendo con todas sus necesidades para recibir una atención digna, de calidad y confidencial.

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