La reunión de este miércoles 13 de noviembre en la Casa Blanca entre el presidente saliente de Estados Unidos, Joe Biden, y el mandatario electo, Donald...
- 02/03/2024 00:00
- 01/03/2024 18:36
Parques, parvularios, aceras, comedores, bibliotecas, mercados, centros deportivos, emprendimiento, basura, medio ambiente, seguridad. Como el listado que recita Pedrito Altamiranda en su tema El buhonero (1980), de la misma forma se acumula un listado de propuestas de proyectos que presentan los aspirantes a los diferentes cargos de elección popular que estarán en la papeleta el próximo 5 de mayo.
En parte esta amplitud en el abanico de propuestas que reflejan candidatos a alcaldes y representantes se encuentra amparada en el marco legal panameño, que le da potestad a los municipios y las juntas comunales de actuar y ejecutar proyectos en una diversidad de competencias. Esto se encuentra así consignado en el Régimen Municipal (1973), la Ley de Descentralización (2009) y la Ley de Ordenamiento Territorial (2006).
Y aunque la construcción de equipamientos y espacios públicos es una necesidad sentida luego de más de una década de inversión en macroproyectos y el abandono de la acción estatal a nivel comunitario, también es cierto que el alcance de lo que deben hacer las autoridades elegidas por la ciudad y las comunidades incluye otros aspectos menos conocidos, pero que son parte fundamental del alcance de la acción del gobierno local.
Estas otras responsabilidades no tan familiares y publicitadas del quehacer del gobierno local incluyen, la elaboración de una estrategia fiscal, de los planes de ordenamiento territorial y la construcción de los marcos normativos necesarios para gobernar la ciudad, su funcionamiento y desarrollo. Sobre este último aspecto la Constitución indica en el artículo 242 sobre el Régimen Municipal que, “es función del Consejo Municipal, sin perjuicio de otras que la ley señale, expedir, modificar, reformar y derogar acuerdos y resoluciones municipales”.
Entre los diversos aspectos que deben ser regulados por el Consejo Municipal de acuerdo con este artículo de la Constitución se encuentran, “las materias vinculadas a las competencias del municipio, según la ley. Los acuerdos municipales tienen fuerza de ley dentro del respectivo municipio”. La capacidad para establecer normas legales propias de los municipios permite una gestión más adaptada y eficaz de los recursos y problemas locales. Este principio de descentralización busca equilibrar el poder entre las diferentes esferas de gobierno, otorgando a los entes locales cierta autonomía para abordar asuntos específicos de su competencia.
Brasil, Colombia y México destacan en América Latina por sus avanzados marcos de autonomía municipal. La Constitución de Brasil de 1988, la de Colombia de 1991 y el sistema de “libre municipio” mexicano, respectivamente, otorgan a los municipios amplias facultades en la legislación sobre urbanismo, educación, servicios públicos, gestión fiscal y administrativa, ordenamiento territorial y gestión de recursos naturales.
Con el fin de entender cuáles han sido los aspectos normativos que se han abordado desde el Municipio de Panamá entre 2009 a 2024. Para esto preparé una compilación de las regulaciones publicadas en la Gaceta Oficial por parte de la Alcaldía de Panamá y el Consejo Municipal, excluyendo de esta revisión las normas expedidas para temas relacionados con festividades y conmemoraciones nacionales y locales, regulaciones relacionadas con la estructura interna del municipio, regulaciones relacionadas con la aprobación de los presupuestos e impuestos municipales, y aquellas relacionadas con la reciente pandemia de covid-19.
De este análisis se pudo identificar que en este período se generaron unas 121 normas –8 normas al año en promedio–, de las cuales 62 fueron expedidas por la Alcaldía de Panamá –en forma de resoluciones y decretos–, mientras que 59 normas fueron aprobadas en el Consejo Municipal, durante los 15 años que comprende el análisis realizado. Los temas abordados incluyen espacio público (45), ordenamiento territorial y regulación de la construcción (18 normas), orden público (16), publicidad exterior (11), ambiente (6), mercados públicos (3), localización de actividades económicas (1), turismo (1) e inclusión (1).
Desde el punto de vista del comportamiento temporal, los datos describen una curva en la que se puede apreciar cómo el número de normas aprobadas desde el Municipio de Panamá tuvo un período de incremento notable cuando la expedición de regulaciones en los temas anteriormente indicados pasó de 2 normas en 2011 a 23 en 2015. Durante ese año se aprobaron 5 normas sobre ordenamiento territorial y construcciones, 5 normas sobre orden público, 4 normas sobre espacio público, 4 sobre publicidad exterior y 2 sobre ambiente.
Los aspectos regulados incluyen temas como el ruido, la protección y manejo del arbolado urbano, la indigencia, vagancia, mendicidad y embriaguez en la vía pública, la regulación de los procesos de titulación de tierras, la regulación del horario de operación de las estructuras publicitarias digitales, el abandono de vehículos y la ocupación ilegal de estructuras en las aceras, la gestión del impuesto de contribución por mejoras, la nomenclatura de calles y la creación de una empresa para la promoción del turismo, entre otras.
Hay transformaciones urbanas que son necesarias en la ciudad de Panamá y que requieren de la construcción continua y permanente de nuevos marcos normativos. Entre estas transformaciones se encuentra la necesidad de desarrollar una política urbana que fomente e impulse el cambio requerido para que las edificaciones nuevas y existentes adopten tecnologías que les permitan ser más eficientes en el uso del agua o de la energía. Hay temas como la micromovilidad –con el creciente uso de bicicletas, scooters e incluso motos– en los que se requieren con urgencia nuevas regulaciones.
En cuanto al manejo de desechos –una de las principales crisis que enfrenta la ciudad–, será necesario generar todo un nuevo marco normativo que estimule las soluciones a implementar y que incluyen normas sobre la disposición y recolección de desechos en las edificaciones, sobre el fomento de una cultura de reciclaje, y el cierre de cerro Patacón y el tratamiento final de los desechos.
Las autoridades municipales, e incluso los ciudadanos, debemos recordar que estos no son solo gestores de proyectos y de fondos públicos, sino autoridades con el deber y responsabilidad de legislar para establecer las normas que permitan una efectiva gobernanza, faciliten la convivencia y, en términos generales, pongan orden a lo que ocurre en la ciudad.