Penas de prisión de hasta seis años por maltratar a ancianos

Actualizado
  • 24/02/2020 06:00
Creado
  • 24/02/2020 06:00
La persona que maltrate física o psicológicamente a un adulto mayor podría pagar penas de cuatro a seis años en la cárcel. .

La persona que maltrate física o psicológicamente a un adulto mayor podría pagar penas de cuatro a seis años en la cárcel.

El proyecto de ley fue aprobado en tercer debate.

La Asamblea Nacional aprobó el proyecto de ley, que busca proteger a los adultos mayores.

La iniciativa, que espera la sanción del Ejecutivo, establece que la sanción será de cuatro a seis años de prisión, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor, si la persona que maltrata es pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad, ascendente, descendente o colateral.

De igual manera ocurrirá, si es pariente dentro del segundo grado de afinidad, ascendente, descendente o colateral, cónyuge, encargada de la atención del adulto mayor en el hogar, pariente o no, aun cuando no se encuentre dentro de los grados de consanguinidad o afinidad indicados.

El proyecto de ley establece, por otra parte, sanciones con penas de tres a cinco años a los agresores de las personas adultas.

El proyecto modifica la Ley 36 del 2 de agosto de 2016 y adiciona disposiciones al Código Penal.

La normativa establece que se constituyen, entre otros, maltrato a un adulto mayor las siguientes conductas: causar, permitir o hacer que se le cause daño físico, mental o emocional, incluyendo lesiones físicas ocasionadas por castigos corporales.

El Código Penal sanciona el abandono de una persona incapaz de velar por su seguridad o salud mental; sin embargo, no tipifica el maltrato al adulto mayor como tal.

La iniciativa fue presentada por los diputados Pedro Torres, Crispiano Adames y Luis Ernesto Carles.

El proyecto de ley pasa a manos del Ejecutivo par ser analizado y aprobar con la firma. De ser aprobado deberá ser publicado en la Gaceta Oficial para convertirse en ley de la República. El Ejecutivo puede vetar el proyecto, como lo establece la ley en Panamá.

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