La repuesta de la Cancillería sobre el principio de especialidad de Martinelli

Actualizado
  • 21/08/2024 00:00
Creado
  • 20/08/2024 18:24
Carlos Carrillo, abogado del expresidente Ricardo Martinelli, realizó una consulta a la Cancillería sobre el principio de especialidad del mandatario. La repuesta contiene siete puntos

El expresidente Ricardo Alberto Martinelli Berrocal tiene vigente el Principio de Especialidad, así lo demuestra la respuesta que la Cancillería de la República al abogado Carlos Carrillo Gomila, quien realizó una consulta relacionada con el principio de especialidad.

Mediante la apostillada nota A.J.-MIRE-2024-057600 fechado 11 de julio de 2024, Fernando Gómez Arbeláez, director de Asuntos Jurídicos Internacionales y Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, respondió en siete puntos.

En esta Dirección no consta solicitud por parte de la Fiscalía Primera Especializada contra el Crimen Organizado relacionada con el levantamiento, el Principio de Especialidad del señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal, en el caso de New Bussines.

En esta Dirección no consta solicitud por parte de la Fiscalía Especializada Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación, relacionada con el levantamiento del Principio de Especialidad del señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal en el caso de Odebrecht.

En esta Dirección no consta solicitud por parte del Juzgado Liquidador Segundo del Primer Circuito Judicial de la República de Panamá, relacionada con el levantamiento del Principio de Especialidad del señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal en los casos antes mencionados.

En esta Dirección no consta solicitud relacionada con el levantamiento del Principio de Especialidad del señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal, solicitada por el Tribunal de Justicia de la República de Panamá o por parte de la Procuraduría General de la Nación.

El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá es el único conducto competente a quien le corresponde realizar los trámites para la excepción del Principio de Especialidad. Aunado a lo anterior es importante hacer referencia al fallo de la Corte Suprema de Justicia - Sala Contencioso Administrativo de 29 de agosto de 2017, donde establece que “el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá es únicamente el conducto o el canal idóneo de comunicación entre las autoridades jurisdiccionales panameños y las autoridades extranjeras para los trámites relacionados con las Extradiciones Activas”.

La Extradición del señor Ricardo Martinelli Berrocal fue concedida a la República de Panamá bajo el Principio de Especialidad establecido en la Nota del Departamento de Estado de 2018.

El Ministerio de Relaciones Exteriores comunicó a las autoridades jurisdiccionales que el señor Martinelli Berrocal quedaba a órdenes y custodia de la Corte Suprema de Justicia, tal como lo estableció la Nota remitida del Departamento de Estado de los Estados Unidos de América.

Es preciso mencionar que Mediante Nota NG-18-1681 de 8 de junio de 2015, la Embajada de Panamá en los Estados Unidos de América remitió la Nota del Departamento de Estado en la cual el Secretario de Estado de los Estados Unidos de América realizaba formalmente la entrega a las autoridades panameñas del señor Martinelli Berrocal, bajo el Principio de Especialidad.

Martinelli fue extraditado a Panamá el 11 de junio de 2018 para enfrentar un proceso penal en el caso conocido como pinchazos del que fue declarado no culpable por un Tribunal de Juicio.

Sin embargo, el expresidente enfrentó otro proceso conocido como el caso New Bussines.por la cual fue condenado a 10 años y ocho meses de prisión. Martinelli, quien se asiló en la Embajada de Nicaragua en Panamá en febrero pasado luego de su condena, ha argumentado que le asiste el principio de especialidad., a pesar que funcionarios de Estados Unidos han reiterado que el exmandtario no goza de esta garantía.

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