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Waked apela fallo de la Corte de Columbia
- 14/04/2017 02:06
- 14/04/2017 02:06
El grupo Wisa, incluido en la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC por sus siglas en inglés) en mayo de 2016, apeló a una instancia superior la decisión de la Corte del Distrito de Columbia, por haber negado a la defensa de Abdul Waked (Grupo Wisa) la petición de un procedimiento abreviado, la petición de retiro de la demanda del demandado, y la información que sustenta la inclusión del grupo empresarial en la Lista Clinton.
En el fallo con fecha del 7 de abril pasado, el juez Colleen Kollar-Kotelly consideró que la parte afectada contaba con suficiente información sobre las razones que empleó el Departamento de Justicia de Estados Unidos cuando tomó esta decisión. por lo tanto, negó las mociones de la defensa de Waked.
En agosto de 2016, la defensa de Abdul Waked interpuso un recurso ante el juzgado para que la OFAC revelara las pruebas que había contra su cliente. La firma Williams and Connelly, insiste en que se debe garantizar el debido proceso contra su cliente ya que no conoce las evidencias en que se basan las autoridades norteamericanas para incluirlo en la lista negra que ha causado un perjuicio económico al grupo despojándolo de un centro comercial, tiendas departamentales y tiendas libres de impuestos distribuidas en varios países de Latinoamérica que han cesado operaciones.
ANTECEDENTES
La defensa logró acceder a un expediente administrativo en agosto de 2016, sin embargo lo calificó como un documento ‘deficiente, que no revela nada', por lo que procedió a interponer una demanda en la Corte de los Estados Unidos para tener acceso a las bases de datos que tiene el Gobierno norteamericano con las que fundamenta la inclusión en la lista sancionatoria.
En mayo pasado, Abdul Waked, principal accionista del Grupo Wisa, Felix B. Maduro, Soho Mall y Grupo Editorial El Siglo y La Estrella de Panamá, fue incluido en la ‘Lista Clinton' bajo la presunción de formar parte de un red de lavado de dinero, de la que no se aportaron detalles.
La estrecha discusión entre las partes se resume al derecho del afectado ante la Corte para conocer la información respecto a su designación en la lista y la oportunidad de presentar evidencias para refutar estas designaciones y si corresponden al debido proceso. Esta cuestión se reduce más, según la Corte, ya que los demandantes impugnan la cantidad de notificaciones recibidas posterior a la privación, y no si tenían derecho a una notificación previa a la designación.
Esta es una de las razones que la Corte considera que los demandantes han recibido un debido proceso considerando las circunstancias.
En cambio, los demandantes afirman que como ciudadanos extranjeros carecen de bases para hacer valer una reclamación bajo la cláusula del Debido Proceso de la Quinta Enmienda.
No obstante, la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia ha instruido que no es necesario decidir si los demandantes extranjeros tienen derecho a protecciones constitucionales, en circunstancias en que incluso, suponiendo que lo sean, han recibido todo el proceso que se les exige en virtud al precedente descrito.
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA EU
El efecto de la Lista Clinton es sinónimo de la muerte comercial
Cientos de empresas y personas del mundo figuran en la Lista de la que salir es un verdadero laberinto.