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Veto del Supremo de Brasil deberá evaluarse en juicio de Odebrecht
- 04/01/2024 00:00
- 03/01/2024 17:47
El fallo que emitió el juez José Antonio Dias Toffoli, del Tribunal Federal Supremo de Brasil, mediante el cual vetó la declaración de 11 exejecutivos de Odebrecht que pretendía entrevistar la Fiscalía Anticorrupción durante la audiencia de fondo a realizarse el próximo mes de julio en Panamá, deberá presentarse como una ‘prueba extraordinaria’ que deberá ser valorada por la jueza Baloisa Marquínez, del Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales, que dirime el caso.
La decisión del magistrado brasileño surgió a raíz de una solicitud interpuesta por dos imputados por presunto blanqueo de capitales en el proceso panameño –Juan Antonio Niño y Ricardo Francolini– que pidieron al juez declarar nulos los testimonios de los excolaboradores de la constructora, así como la inutilidad del contenido de los sistemas Drousys y MyWebDay, plataformas que se emplearon para ocultar el pago de sobornos dirigidos a funcionarios, colectivos políticos, empresarios y otros, a cambio de jugosos proyectos de infraestructura que representaron cifras millonarias tanto para la empresa como para quienes los facilitaron. El contenido de estas plataformas también forma parte de las evidencias que mantiene la fiscalía para sustentar su teoría del caso.
A pesar del fallo, el criterio jurisdiccional de Brasil ‘no necesariamente es vinculante con la justicia panameña a menos que se trate de algo muy grave’, opinó el exfiscal Giovani Olmos. El jurista añadió que la fiscalía seguirá utilizando sus propios criterios, pero “el fallo de Brasil no tumba o anula el proceso”, considera.
A pesar de que la decisión de Toffoli puede ser un arma filosa a favor de la defensa, no tiene una aplicación instantánea en los tribunales panameños, sino que “será un instrumento cuestionador a las afirmaciones que puedan tener relación directa con la prohibición dictada por Toffoli y con cada uno de los imputados. Luego, la jueza podrá validar o descartar la prueba por estar o no vinculada a algún tipo de vicio”, opinó Juan Carlos Araúz, expresidente del Colegio Nacional de Abogados. Cada imputación arrojará un cuestionamiento de fondo y la jueza deberá valorar cada una por separado.
El debate en la audiencia podría centrarse en gran medida en la profundidad del trabajo investigativo efectuado por la Fiscalía Anticorrupción para colectar evidencias propias y qué tanto dicha pesquisa guarde relación con el núcleo brasileño. “El pronunciamiento del Tribunal Superior de Brasil despierta suspicacias y un nuevo hilo conductor que aprovecharán los abogados panameños para enfocar los reproches a la teoría del caso de la fiscalía que compete a sus clientes”, dijo Araúz.
En entrevista previa, la Fiscalía Anticorrupción manifestó a La Estrella de Panamá que el impedimento del Supremo de Brasil no afectará el desempeño de los fiscales durante el juicio, puesto que cuentan con averiguaciones propias y en ningún momento el caso panameño se asemeja, por ejemplo, al del expresidente peruano Ollanta Humala, en que la fiscalía de ese país “basó sus pruebas y testimonios enteramente de los emanados de Brasil que relataban pagos indebidos”.
El caso panameño, advierten, cuenta con evidencias recolectadas de la banca panameña e internacional y diligencias judiciales en varios países que muestran el esquema de sobornos y blanqueo de capitales.
En materia de derecho, los defensores podrían alegar durante el juicio la teoría del fruto del árbol envenenado, que extiende sus efectos a cualquier prueba que esté relacionada directa o indirectamente a la prohibición de Toffoli, es decir, arrastra al resto de los imputados, 36 en total. “No importa como puedan disipar el error, no cambiará la naturaleza prohibida de una prueba, o que incumplió el debido proceso”, añadió Araúz. Lo que tiene un defecto no se puede ocultar en ninguna etapa, ese será el ejercicio de la defensa, demostrar la capacidad en las investigaciones y la parte recursiva para hacer valer sus derechos.
Para que una condena sea legítima debe cumplir con un proceso de la misma naturaleza. En el caso Odebrecht la experiencia “demuestra que se incumplieron formas y que el sistema nunca estuvo preparado para atenderlo, más bien excedió las capacidades del Ministerio Público”, recordó Araúz.
En este sentido, agregó, hay que tener la entereza para reconocer que estos defectos no pueden alentar a la sociedad a pensar una cosa, sino que la política nunca vio a la justicia como un factor de actualización permanente, y en eso tiene su cuota de responsabilidad”. El abogado reiteró que siendo un caso tan complejo, puso a prueba al sistema penal inquisitivo mediante el cual se investigó el caso, sumado a las pocas capacidades de investigación del Ministerio Público que jamás se había preparado para una investigación de esta naturaleza.
De lograr que la juez admita la prueba, los abogados se darán a la tarea de vincular las acusaciones de sus clientes a la teoría del caso específica del Ministerio Público y cómo se relaciona al esquema de lavado de dinero, y si las delaciones ahora prohibidas por el Supremo Brasileño favorecen o no al imputado, y si éstas delaciones se traspolaron a afirmaciones y dichos que quedaron como único soporte de la Fiscalía Anticorrupción.
El caso Odebrecht, uno de los más representativos casos de corrupción en América Latina, inició en Panamá en el año 2016 cuando la Corte del Distrito Este de Nueva York reveló que entre 2010 y 2014 la empresa promovió pagos de sobornos por más de $59 millones para lograr obras de infraestructura. El Ministerio Público también solicitó varias diligencias internacionales a Brasil para recabar información al respecto, incluso tomó declaraciones previas de varios ejecutivos de la empresa, como André Rabello, el jefe de la filial en Panamá, así como de Hilberto Mascanrenhas, encargado de los libros secretos de la constructora (2006-2015) como responsable del Departamento de Operaciones Estructuradas (DOE) y otros.
Recientemente Toffoli anuló todas las pruebas obtenidas mediante acuerdos de colaboración con la brasileña en el marco de la operación Lava Jato, entre ellas las que vincularon al expresidente Luiz Inácio Lula da Silva quien pasó 580 días en prisión condenado por corrupción y lavado de dinero y después fue anulado el proceso que se basaba en parte de las pruebas ofrecidas por Odebrecht.