Ciclistas, atletas, patinadores y paseantes de la capital colombiana tienen una cita infaltable desde hace 50 años: la ciclovía de los domingos y festivos,...
Directora de Antai se reafirma en sanciones contra medios
- 08/05/2023 00:00
- 08/05/2023 00:00
Elsa Fernández, directora de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai), admite que existe un conflicto en la aplicación de la ley 6 de 2002 que rige la Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley 81 de Protección de Datos Personales, particularmente en el ejercicio del periodismo.
En entrevista concedida a La Estrella de Panamá, Fernández se refirió a la implementación de ambas normas a propósito de publicaciones en medios locales sancionados por la entidad.
Durante la conversación Fernández defendió que la normativa impone nuevas obligaciones para los medios en la recolección, tratamiento y uso de datos, así como derechos a quienes se sienten afectados.
“Las multas impuestas son parte de nuestro cargo”, responde cuando se le pregunta si merece la pena una sanción a un diario por publicar la foto de un diputado.
Hay 1,236 personas que han presentado denuncias en Antai a nivel general. “Asumo que quienes no salen favorecidas tendrán la percepción de que yo le estoy haciendo un favor a alguien”, exclama.
Asegura que la decisión no responde a favores o presiones externas.
Pero en la práctica se ha evidenciado una controversia en el ejercicio del periodista, que según la nueva ley de protección de datos, debe contar con el consentimiento de la persona en cuestión. Aunque aclaró que si un funcionario público se siente afectado por una publicación, el medio puede probar la licitud y no debe proceder a más. No obstante, subraya la necesidad de presentar las pruebas, de lo contrario puede incurrir en multas, como en casos recientes.
En 2022 un medio digital fue sancionado con $1000 por divulgar un certificado de matrimonio. El portal digital solicitó una reconsideración hace casi un año, de la que aún no ha recibe respuesta, según afirmó a este diario el demandado. El segundo refiere a una multa de $4,000 que sancionó a un diario local por publicar la foto de un diputado quien se sintió vulnerado.
“No es que se debe preguntar a cada funcionario público si se puede o no publicar su foto. Tengo que respetar el derecho de cada persona a presentar la denuncia, pero la otra parte también tiene todo el derecho de presentar la licitud del tema. De probarlo no tendríamos que estar hablando de esta situación”, explica, al ser cuestionada sobre la forma en que la ley impone nuevas obligaciones a la prensa por la licitud de los datos que publica.
Para los periodistas es impensable que cada vez que publique una foto, o al describir las características físicas de una persona, lo haga bajo la amenaza de ser sancionado porque en la ley de protección de datos se establece la licitud de para el tratamiento de datos y el consentimiento de la persona en cuestión, que permita su trazabilidad.
Según Fernández las multas contra los medios de comunicación no deben interpretarse como mecanismos de censura: “Una persona que se siente vulnerada, sin importar que se trate de un funcionario público, se acerca a la Antai para conocer cuál es la licitud en que la obtuvo la fotografía, tengo que atenderlo. Si se demuestra que hubo licitud no hay inconveniente”.
El debate entre lo que se considera una afectación o vulnerabilidad y el trato de la información periodística ha despertado una serie críticas dirigidas a la entidad y preocupación en el gremio periodístico que observa nuevos mecanismos que podrían coartar la libertad de expresión, pero principalmente, el derecho a la información.
Fernández recordó que en octubre del año pasado, cuando surgió el primer caso, un grupo de periodistas se acercó a la Asamblea Nacional con una propuesta de ley para reformar la ley 81, pero a la fecha ni siquiera ha sido prohijada en la Comisión de Gobierno.
La Antai también tiene una reforma legislativa en mano de la que no quiso avanzar detalles, pero en parte, busca exceptuar los sectores regulados de la aplicación de la ley, aunque subraya que aún “el periodismo no es una profesión regulada”.
“Finalmente, nosotros cada vez que fallemos será un tema que guarda relación con datos personales en el caso de algún periodista y se va a pensar que estamos vulnerando el acceso a la información”, dice Fernández.
Los periodistas no son los únicos que se sienten afectados. “También guarda relación específica con el tema de los servidores públicos, sectores financieros que señalan que hay vulneración de los datos porque la información pasa de un sector a otro”, explica la directora de Antai.
Abogados consultados no coinciden con el razonamiento planteado. “Especialmente porque lo que debe prevalecer es el interés general sobre el particular, especialmente cuando se trata de asuntos o de interés público”, señala Carlos Barsallo, de Transparencia Internacional capítulo de Panamá. Es claro que la ley de protección de datos personales tiene como propósito proteger la intimidad del individual. Pero llevado a la práctica, prevalece el interés al publicar el nombre de una persona favorecida con fondos públicos.
“Existe una interpretación maniqueista”, indica el abogado y consultor político Pedro Sittón.
“La ley de protección de datos defiende situaciones personales no susceptibles a figuras públicas o del dominio público. En cambio, la ley de transparencia apunta a transparentar la gestión de los servidores públicos en torno a su actuar, no puede haber confusión en cuanto a la proporcionalidad en que se dirime un caso de esta naturaleza”, subraya Sittón.
Como la ley de transparencia es anterior a la de protección de datos está ha sido vista como que crea la excepción más reciente. Una reforma lo aclararía sin duda ni margen a interpretación conveniente.
En la Antai se han presentado 150 denuncias de personas que alegan trasgresión a sus datos personales. Subraya Fernández que desde la entrada en vigencia de la ley (2021) la entidad ha impuesto más de $29 mil en multas.
Su razonamiento al momento de emitir una decisión se apoya en la ley 38 del 2000 que dicta el procedimiento a seguir. “No puedo aplicar la ley de acceso a la información en un caso que origina por la ley de protección de datos. Aunque sea una figura pública”, justifica al hablar de la fotografía.
Con la entrada en vigencia (febrero 2023) de ley de Conflicto de Interés, Fernández ha recibido hasta ahora 20,672 declaraciones juradas que se encuentran bajo análisis un equipo de 10 personas que coteja la información para determinar cuántos funcionarios han omitido la declaración o si los datos son correctos.
“Si incumple, la sanción es que no tenga salario por tres meses”, expresa la directora.
Además indica que esta normativa abarca no solo a funcionarios públicos, sino también a miembros de juntas directivas que reciben fondos estatales que aún no han presentado su declaración.