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Caso Mulino, magistrados entran a debatir
- 30/04/2024 00:00
- 29/04/2024 21:49
A las 9:00 de la mañana de hoy se reunirán los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, tras haber sido convocados a un pleno extraordinario por la presidente María Eugenia López. Aunque la Corte ha sido muy reservada en cuanto al tema que dominará la sesión, es muy probable que los magistrados se centren en la demanda de inconstitucionalidad que pesa sobre la candidatura de José Raúl Mulino, aspirante presidencial por la nómina de los colectivos Realizando Metas y Alianza.
El debate surge luego de una demanda de inconstitucionalidad interpuesta ante la Corte sobre el Acuerdo del Pleno del Tribunal Electoral en el que se inhabilitó a Ricardo Martinelli como candidato presidencial, por no cumplir los requisitos constitucionales, tras haber sido condenado a 128 meses de prisión por el delito de blanqueo de capitales. Martinelli se encuentra asilado en la Embajada de Nicaragua en Panamá desde el 7 de febrero pasado.
En ese mismo acuerdo de sala, los magistrados del Tribunal Electoral, por voto mayoritario, habilitaron a José Raúl Mulino, compañero de fórmula y candidato a la vicepresidencia de Martinelli, quien correrá sin suplente. El acuerdo de sala no fue unánime. El presidente del Tribunal Electoral, Alfredo Juncá, emitió un voto razonado al diferir de sus colegas, Eduardo Valdés Escoffery y Luis Guerra. A su juicio, a diferencia de las nóminas a alcalde, representante o diputado que cuentan con un suplente, no es posible aplicar este raciocinio a la nómina de presidente, ya que el vicepresidente tiene atribuciones que ejerce paralelamente con el presidente, ambos en ejercicio del cargo, por lo que no es un suplente, no se podría aplicar el artículo que rige para el resto de los puestos de elección popular.
El llamado a pleno extraordinario en la Corte se produjo este lunes a primeras horas de la tarde, luego de que un grupo de abogados entregó una nota al magistrado ponente del caso, Olmedo Arrocha, en la que urgió archivar la demanda bajo el argumento de que la pretensión de la demandante se había extinguido.
Esto porque el proceso de elecciones para presidente del país comenzó el pasado 23 de abril, ejercicio en el que participaron más de 2.000 personas inscritas en el voto adelantado o como panameños residentes en el extranjero. La presión mediática y las voces de abogados a favor y en contra sobre la legitimidad o no de una candidatura presidencial, un tema de trascendencia, que aún permanece sin resolver a pocos días de la votación del 5 de mayo, ha generado una gran incertidumbre y especulación innecesarias, cualquiera que sea el resultado del fallo. Las decisiones de la Corte no son retroactivas, sino a futuro.
De acuerdo con los abogados que entregaron el documento al magistrado ponente del caso, es innecesario continuar la discusión sobre la demanda en cuestión, puesto que en términos legales se ha producido una ‘sustracción de materia’. Aunque en días pasados Arrocha describió que terminaría de analizar el 6 de mayo más de seis docenas de opiniones a favor de la candidatura y otras 18 en contra, y que el calendario ajustado a los tiempos de discusión no permitiría fallar antes del torneo electoral, también dejó la puerta abierta a que se convoquen sesiones extraordinarias para este propósito.
La nota que recibió Arrocha este lunes en su despacho argumenta que cualquier fallo de la Corte no tiene retroactividad en la decisión, por tanto, la decisión no puede regir sobre un hecho cierto e innegable porque la candidatura al cargo ha sido sometida a la votación adelantada. Como consecuencia de que Mulino ya participó del proceso electoral se ha producido una ‘sustracción de materia, porque al haberse realizado las primeras votaciones, el acto demandado ha dejado de existir y no es constitucionalmente posible que, una vez realizada la votación, se discuta lo inherente a la postulación’, se lee en la petición suscrita por los abogados, Juan Carlos Araúz, Ítalo Antinori , José Alberto Álvarez y Miguel Antonio Bernal. “Al estar José Raúl Mulino en una papeleta que le entregan al elector, ya se produce la votación. Constitucionalmente no es dable discutir en esta etapa una candidatura cuando se ha producido una elección”, manifestó Antinori.
Un abogado consultado por ‘La Decana’ estimó que el proyecto de Arrocha “ya tuvo que haber circulado entre los magistrados, y que la visita de los juristas fortalecería la tesis del ponente”.
La sesión extraordinaria de este martes puede ser tan prolongada como sea la diferencia de criterios en la sala, o tan corta si hay consenso. Para llamar a sesiones extraordinarias se proponen dos vías: una es que la presidente la convoque por derecho propio, como en efecto ha ocurrido, y la otra es que 5 de los 9 magistrados citen a sus colegas ante la necesidad de plantear temas varios.
El abogado constitucionalista Marco Austin presentó alegatos en contra de la candidatura de Mulino: “Me imagino que el proyecto de fallo ya lo tiene listo el magistrado Arrocha y mañana van a comenzar a discutir. Hay que ver qué dice el proyecto. No sé si se declararán en sesión permanente hasta agotar el tema”, declaró Austin, quien espera un fallo en estricto derecho basado en la Constitución. En su concepto, la Constitución es clara en el sentido de que no puede haber una candidatura incompleta, es decir, sin vicepresidente. Además, insiste en que la interpretación que hizo el Tribunal Electoral de que el vicepresidente es un suplente, no es así, por las funciones que establece la Constitución a este cargo.
La semana pasada el Tribunal Electoral dio a conocer una nota dirigida al magistrado Arrocha en la que respondió una serie de preguntas. En una de ellas explicaba que la habilitación de Mulino se produjo Ope legis, es decir, por estar establecido así en la ley, en su condición de suplente del candidato a la Presidencia. Añadió que no hubo gestión previa al acuerdo de sala para que los partidos Realizando Metas y Alianza designaran a Mulino como candidato representante de sus colectivos. Más bien, la última fue una decisión del pleno del Tribunal Electoral que se tomó mediante acuerdo de pleno.