Aprobada nueva ley que amplía el fuero a los padres en Panamá

El proyecto de ley aprobado en tercer debate dará vigencia a la Ley No. 238 de 2021, que estableció ese fuero paternal

La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de ley No. 979, el cual dará vigencia a la Ley 238 de 2021. Esta nueva legislación amplía el alcance del fuero de maternidad a los padres y otorga derechos adicionales en caso de fallecimiento de la madre durante el parto. 

La norma, que espera la sanción del Ejecutivo, modifica el artículo No. 7 de la Ley No. 238 aprobada en 2021, permitiendo su implementación de inmediato.

La Ley No. 238 establece que el fuero de maternidad se aplicará tanto a padres del sector público como del privado. 

Si la madre no cuenta con un trabajo formal, el padre no podrá ser despedido de su empleo durante el período de gestación y hasta un año después del parto, salvo en casos excepcionales previstos en la ley.

En un caso particularmente significativo, si la madre fallece durante el parto, el padre tendrá derecho al fuero de maternidad y no podrá ser despedido hasta un año después del nacimiento del hijo. 

Además, la legislación contempla la obligación del empleador de conceder un período de vacaciones de quince días, posteriores a cualquier período de duelo especificado en el reglamento interno de trabajo de la empresa, en caso de fallecimiento de la madre durante el parto o en los meses siguientes.

El proyecto de ley detalla las circunstancias en las que se suspenderá el fuero y los requisitos que el padre deberá cumplir para beneficiarse de esta medida.

Esta nueva legislación tiene como objetivo redefinir culturalmente el papel del padre en la crianza y cuidado de los hijos, al tiempo que busca reducir la brecha salarial y de empleo entre hombres y mujeres.

Cabe destacar que la Ley No. 238 no había entrado en vigencia debido a que su artículo siete estipulaba que comenzaría a regir al día siguiente de levantarse el estado de emergencia derivado de la pandemia. 

Con la modificación aprobada, si es sancionada por el Ejecutivo, la ley entrará en vigencia al día siguiente de su promulgación en la Gaceta Oficial.

 Esta iniciativa fue presentada por el diputado Daniel Ramos.

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