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Aclaran reglas para traer medicinas del exterior; los altos costos golpean hasta al presidente
- 18/10/2024 00:00
- 17/10/2024 18:55
El presidente de la República, José Raúl Mulino, habló durante su conferencia de prensa semanal sobre el ingreso de medicamentos para uso personal. “Si la persona viaja, y trae para su consumo las medicinas que necesita, no se las pueden prohibir”, afirmó el mandatario. “Mi esposa acaba de venir de Europa y me trajo medicinas para seis meses de las tres cosas que yo tomo: presión, anticoagulante y Crestor, para el colesterol. Valen una décima parte de la monstruosidad de precios que hay aquí en Panamá en medicinas. Si yo lo hago, lo puede hacer el pueblo panameño”, sentenció.
El presidente explicó que se está refiriendo a la compra de medicinas para uso personal, no comercial. Además, cuestionó el alto costo de los medicamentos en Panamá. “Lo que no podemos es permitir que se dedique una persona a hacer un negocio comercial de esto sin pagar impuestos, sin pagar lo que corresponda para la importación de medicinas. Pero si las personas viajan y traen para su consumo medicinas que requieren todos los días tomar, que las traigan y se beneficien de los buenos precios mientras nosotros arreglamos este problema aquí en Panamá, que vamos caminando hacia ello”, acotó Mulino.
Las declaraciones del presidente no son un anuncio de cambios en las regulaciones actuales, sino una aclaración luego que circulara por redes sociales un comunicado del Ministerio de Salud (Minsa) detallando los trámites para importar medicamentos o cosméticos a través de servicios de courier o viajeros.
El Decreto Ejecutivo N°27 del 10 de mayo de 2024 reglamenta la compra de medicamentos. En su artículo 358 detalla que se autoriza la importación de medicamentos sin registro sanitario siempre y cuando sean para uso personal y se cumplan ciertas condiciones.
Específicamente, aplica para medicamentos de vía parenteral, biológicos, biotecnológicos, y hemoderivados, estableciendo que la conservación de la cadena de frío es responsabilidad del importador.
El importador también está obligado a presentar la receta médica del profesional idóneo, la factura detallada, copia de cédula o pasaporte y carta de relevo de responsabilidad a la autoridad de salud y guía aérea.
Además, la cantidad a importar no puede ser mayor a seis meses de tratamiento y no se permite traer materia prima para medicamentos o productos no terminados.
El Minsa también emitió un comunicado reiterando que no se han cambiado las regulaciones. “El Ministerio de Salud no ha implementado ningún requisito o procedimiento adicional a los consignados en el artículo 358 del Decreto Ejecutivo 27 del 10 de mayo de 2024, sino que, al contrario, ha tratado de confeccionar una guía de fácil comprensión sobre los requisitos contenidos en la norma que se deben presentar en la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas para poder recuperar los medicamentos o cosméticos previamente retenidos en otras instancias”, señala la autoridad de Salud en el comunicado.
La razón por la que muchos panameños, incluyendo al presidente de la República, compran medicinas en el extranjero es debido a los altos precios en el mercado local y la falta de abastecimiento en el sistema público.
“La forma arcaica en que se abastece la Caja de Seguro Social (CSS) tiene que empezar a corregirse para que no sea necesario traer medicamentos de afuera,” recalcó Alexander Pineda, paciente renal, receptor de dos trasplantes de riñón y presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Enfermedades Críticas, Crónicas y Degenerativas (Fenaeccd). “Cuando se desabastece el sistema público, el mercado privado se vuelve más encarnizado con los precios. Si los medicamentos se consiguieran de forma continua y oportuna, los pacientes no tendrían que ir a las farmacias privadas a comprar, y entonces el sector privado tendría que autorregularse”, concluyó.
Además, destacó que es necesario homologar el cuadro básico de medicamentos de la CSS y el Minsa. Este cuadro contiene los medicamentos esenciales que compran las instituciones de salud. Pineda apuntó que el listado de la CSS contempla 680 medicamentos, mientras que el del Minsa solo tiene alrededor de 300.
El presidente del Instituto Panameño de Derecho de Consumidores y Usuarios (Ipadecu), Giovani Fletcher, manifestó su apoyo a iniciativas que ayuden al consumidor a reducir costos y declaró que habilitar el acceso a medicamentos necesarios es regularizar un derecho humano.
También cuestionó las prácticas comerciales dentro de Panamá. “El nivel de abuso con prácticas monopolísticas de los medicamentos imponen costos que los países circundantes no tienen. Apoyamos y aplaudimos iniciativas para garantizar el acceso a los medicamentos, esto es regularizar un derecho del ser humano,” concluyó Fletcher.