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- 07/10/2019 00:00
Quiénes no pueden administrar justicia
Me une al Dr. Harley Mitchell una vieja y muy cercana amistad, al punto de que cuando fue magistrado de la Corte Suprema de Justicia tenía enmarcado y colocado en las paredes de su despacho, intencionalmente a la vista de todos sus visitantes, dos pensamientos míos. El primero decía “Así como para el médico la persona que paga por sus servicios no siempre está sana, para el abogado el cliente no siempre tiene la razón. El Derecho no es una tienda donde se vendan opiniones y, además abogados”. El texto del segundo era el siguiente: “El derecho de un reo a la defensa de un abogado no impone a este la obligación de convertirse en un encubridor, ni en un embustero. En todos los casos en que el reo sea realmente el autor del delito, la única defensa que este debe esperar de un abogado es la que descansa en la confesión del delito, el arrepentimiento y los propósitos de enmienda“.
Expirados los diez años de su periodo como magistrado de la Corte Suprema de Justicia, la Universidad Santa María la Antigua tuvo el acierto de designar al Dr. Mitchell decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de dicha universidad.
Pocos días después de su designación como decano de la Facultad de Derecho de la USMA sentí mi obligación de amigo y exdocente de esa Facultad visitar en su nuevo despacho al nuevo decano. Fui muy claro en esa visita. Le dije al Dr. Mitchell que sentí mi deber visitarlo para expresarle mi interés en cooperar con él en su nuevo cargo. Le dije que yo era parte interesada en su éxito en el nuevo cargo, no solo por el afecto al amigo, sino también por mi afecto a la Facultad de Derecho donde impartí por años la cátedra de Derecho Constitucional.
Sentí como mi primera obligación y, de paso, mi primer servicio al nuevo decano, expresarle que si a mí me hubiesen ofrecido el cargo de decano, posición que no habría aceptado por razón de edad, yo hubiera puesto como condición para aceptarlo que la USMA aceptara que a ningún graduando, aún el del más alto índice académico se le entregaría el Diploma de Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas si no calificaba para recibir primero el Diploma de Formación Ética y Moral, contenido en el Decálogo del Abogado. Tal como lo esperaba, el nuevo decano acogió con entusiasmo la idea y ya, con esta seguridad, le dije que hablaría con el monseñor José Domingo Ulloa y con el rector, Ing. Juan Planells, con quienes en efecto conversé y no dudaron en expresar su apoyo a la iniciativa que me permití proponerles. A efecto de ejecutar la iniciativa, preparé el Decálogo del Abogado y el Diploma de Formación Ética y Moral. Preparé también lo que el Dr. Edgardo Molino Mola denominó Decálogo de Jueces y Magistrados. Esta suerte de decálogo, con el apoyo del entonces decano Mitchell y hoy de la nueva decana, Ana Matilde Gómez, se enseña a los estudiantes de Derechos de la USMA como parte de la formación ética y moral que debe acreditar para poder recibir el diploma de Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas.
Hoy, cuando estamos a días del nombramiento de tres nuevos magistrados y tres nuevos suplentes para la Corte Suprema de Justicia, me ha parecido oportuno hacer del conocimiento público el Decálogo de Jueces y Magistrados, el cual tiene el siguiente texto:
DECÁLOGO DE JUECES Y MAGISTRADOS
NO PUEDEN ADMINISTRAR JUSTICIA:
Quienes ignoran que es la justicia la que está por encima del proceso y nunca el proceso por encima de la justicia.
Quienes ignoran que la justicia tiene el valor y la importancia de un fin y el proceso la importancia y el valor de un simple medio.
Quienes ignoran el precepto constitucional que literalmente dice: “El objeto del proceso es el reconocimiento de los derechos consagrados en la ley sustantiva” y no a la inversa, esto es, “el objeto de la justicia es el reconocimiento de los derechos procesales”.
Quienes ignoran la importancia y el valor de la certeza del castigo.
Quienes ignoran que lo principal es siempre más importante que lo secundario y no adivinan en el litigio que dirimen dónde está lo principal y dónde lo secundario.
Quienes aceptan el cargo de magistrados o jueces y las obligaciones inherentes a los mismos y cuando confrontan un caso delicado se hacen reemplazar por sus suplentes, por razones que solo ellos conocen, pero que toda la sociedad sospecha.
Quienes hacen del debido proceso una suerte de deidad, para usarlo como una cortina de humo y una excusa para omitir el cumplimiento de la obligación principal, que no es otra que la de decidir cada caso en el fondo y no precisamente en la forma.
Quienes realmente no entienden el oficio, porque nunca tuvieron vocación ni disposición natural para el mismo.
Quienes no se respetan a sí mismos ni el nombre que legarán a sus descendientes.
Finalmente, los débiles, temerosos y sobornables, independientemente de que tengan vocación y gran cultura jurídica.
Por lo pronto, la USMA es la única universidad que no otorga el diploma de Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas si el graduando no conoce, o no cree, o no expresa que se obliga a ejercer su profesión de abogado respetando todos los principios de ética y moral contenidos en el Diploma de Formación Ética y Moral y en el Decálogo de Jueces y Magistrados.
A efecto de evitar el penoso espectáculo que a diario dan los abogados, las facultades o escuelas de Derecho no deberían entregar el diploma de Licenciatura en Derecho y Ciencias Políticas a un graduando si este ignora los principios éticos y morales en que descansa el ejercicio de la abogacía.
Evidentemente, el ejercicio del Derecho a espaldas de los principios éticos y morales que lo sustentan constituye, moralmente, un pecado y, legalmente, un crimen social.
El ejercicio de la abogacía no se adecentará en Panamá —ni en ninguna parte del mundo—, si primero las universidades no adecentan la enseñanza del Derecho y ello solo es posible si se asegura que los principios éticos y morales, que constituyen el fundamento del Derecho, los incorporan al ADN académico de sus estudiantes.