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- 06/02/2015 01:00
¿Está en crisis la Junta Técnica de Contabilidad de Panamá?
Sí, la Junta Técnica de Contabilidad de Panamá (JTC) está sumida en una crisis operativa y funcional. Este organismo, que forma parte del Ministerio de Comercio e Industrias, fue creado, según lo dispuesto en el Artículo 14 de la Ley 57 de 1 de septiembre de 1978, con la finalidad de organizar y vigilar la regulación del ejercicio profesional del contador público autorizado.
Antes que la JTC fuera reglamentada, el Decreto 26 de 17 de mayo de 1984 aprobó el Código de Ética Profesional que consta de 104 artículos. El Código se basa en el documento fuente de la International Federation of Accountants (IFAC). Ocho años después, el Decreto 68 de 1986 aprueba la reglamentación que pone en marcha las funciones legales de la JTC.
Posteriormente, la Ley 6 de 2005 adiciona el Literal i al Artículo 14 de la Ley 57. Este literal permite a la JTC, por medio de la Comisión de Normas de Contabilidad Financiera (NOCOFIN), las funciones de identificar, adoptar, modificar y promulgar las normas y procedimientos de contabilidad y auditoría. Así las cosas, la JTC ha asumido como propias las normas de contabilidad y de auditoría del mundo globalizado, producidas por el International Accounting Standard Board (IASB) del 2005 hasta la fecha.
La JTC no se ha dado el tiempo de verificar y adecuar dichas normas a las realidades del país y ha adoptado pluralidad de normas del primer mundo financiero que en Panamá no han sido evaluadas profundamente; no han sido ‘tropicalizadas’ al medio, acción que no beneficia a la mayoría de los contadores públicos y estudiantes del país, quienes no tienen la oportunidad de conocer la profundidad de estas normas; ‘a contrario sensu’ de lo que se advierte en otros países de América Latina.
Es incomprensible que la ‘actual norma’ reguladora se haya promulgado hace 36 años: cuando el Canal de Panamá aún era administrado por los EE. UU., el Presupuesto General del Estado no superaba los 825 millones de Balboas, una época en que se desconocían los nuevos escenarios tecnológicos, los macronegocios que el mercado globalizado ha inventado, la auditoría forense, los novedosos productos financieros, los recientes delitos de blanqueos de capitales, lavado de activos y enriquecimiento ilícito entre otras cosas y al parecer nuestras autoridades no se percaten de que esta Ley está obsoleta y desfasada.
Observamos incrédulos cómo se ha omitido periódicamente la discusión de un genuino anteproyecto de ley para crear una ley idónea. ¿Pesarán más los intereses económicos de un sector de los profesionales y de las grandes transnacionales de la contabilidad que ven en Panamá un paraíso en donde pueden soslayar las regulaciones internacionales de control y ética de la actividad profesional?
La composición administrativa y un presupuesto operativo exiguo (prácticamente inexistente) hacen vulnerable a la JTC por inacción manifiesta. El hacer de la JTC está limitado, porque solo cuenta con el aporte de los profesores de las universidades y contadores agremiados a las asociaciones profesionales, los cuales, trabajando ‘ad honórem’ y reducidas horas mensuales, no alcanzan a desarrollar ni un 10 % de las actividades técnicas y fiscalizadoras que la Ley le confirió a la JTC.
La JTC adolece de sólidos programas de fiscalización para el ejercicio de la profesión. Citamos como ejemplos de su inacción que no haya prohijado un programa anual de educación continua; haya fallado en la difusión masiva y explicaciones técnicas de las normas de contabilidad y auditoría a los profesionales de la contabilidad, estudiantes y usuarios en general; no ha fiscalizado adecuadamente las acciones de ‘usurpación de calidad’ por personas y empresas de contabilidad no idóneas; no ha controlado eficientemente el ejercicio ilegal de la profesión por contadores públicos foráneos que ingresan al país contratados o no por el Estado, empresas públicas o privadas y no ha regulado el accionar técnico de los contadores públicos que ejercen en el sector gubernamental.
ABOGADO