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- 12/01/2025 13:24
Informalidad laboral y precariedad
Cuando leí el titular de una de las páginas de este diario, el 17 de diciembre de 2024, creí que podía haber un error: 1.566.014 panameños desempleados. Esta cifra abrumadora, según los resultados preliminares de la encuesta de Mercado Laboral, actualizada en octubre de 2024, la informalidad laboral en Panamá se establece en 49.3 % y mantiene un crecimiento sostenido desde 2023.
La rapidez con que aumenta la cifra de desempleo está documentada, de manera que podemos conocer que en agosto de 2023 había 15.625 personas en este grupo y para octubre de 2024 llegó a 202.609, de acuerdo con las mismas cifras oficiales.
Según el informe preparado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INEC), en agosto de 2023, 47 de cada 100 ocupados tuvo un empleo informal; para un año más tarde la situación se agrava y se establece en 49 de cada cien.
De todas estas cifras del informe, la más preocupante se relaciona con el incremento de la informalidad laboral, la que representa un total de 771.603 con empleos informales no agrícolas, lo que significa que de cada dos personas identificadas como empleadas, 1 está en posición de informalidad laboral.
Una persona que se define como trabajador informal es aquel que no cumple ni se beneficia con la legislación nacional: no paga impuestos, tampoco goza de los beneficios de la Caja de Seguro Social y no cuenta con las prestaciones laborales, tales como vacaciones renumeradas, prima de antigüedad y, en el caso de las mujeres, carecen de fuero maternal y licencia de maternidad. Visto así, puede decirse que estos trabajadores panameños se encuentran en completa indefensión por parte del Estado, porque tampoco tendrán derecho a recibir una jubilación o llegado el momento a una pensión. Cabe señalar que a los informales solemos identificarlos con los buhoneros, vendedores ambulantes, pero también están las empleadas del hogar y los profesionales por cuenta propia, como electricistas, plomeros, pintores, taxistas, jardineros, estilistas y un largo etcétera. Existe una ley que exige que los empleados domésticos estén incorporados a la seguridad social y son un ejemplo de la violación permanente a los derechos de estos trabajadores.
En el caso a la incorporación a la seguridad social, además de la ley que protege a los empleados domésticos, no vale la excusa de los patronos de argumentar que el trabajador no quería pagar la cuota correspondiente a su cotización de seguridad social. Es obligación de todos los patronos inscribir a cada trabajador permanente en la seguridad social. Aquí cabría hablar de los pillos informales, aquellos profesionales con ingresos altos y fijos como abogados, profesionales de la salud, arquitectos, entre otros tantos que se niegan a declarar impuestos sobre la renta como tampoco cotizan a la Caja del Seguro Social.
Los miembros del primer grupo mencionado son los más vulnerables, puesto que en caso de una enfermedad o una incapacidad permanente carecerán de la protección de la seguridad social y llegarán a la edad en que ya no puedan trabajar y solo contarán con los pequeños subsidios otorgados para quienes nunca han cotizado en la CSS y no podrán jubilarse ni siquiera con una mínima pensión.
¿Habrán entendido todos estos miles de personas que viven en esta situación cuáles serán las consecuencias a mediano y largo plazo? Si esto se entendiera con claridad todos los trabajadores exigirían a patronos y empresas incorporarlos a la seguridad social y ningún empresario o patrono con un mínimo de decencia sería capaz de negarles este derecho de protección establecido por la ley e incumplen sin ningún sentimiento de responsabilidad que se encuentran violando las leyes de la república.
*La autora es Exdiputada