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- 25/11/2012 01:00
El significado del águila arpía
Con el debido respeto, como ciudadano panameño y estudioso de nuestras historia, me permito comentar la ‘Carta fechada 12 de noviembre de 2012 y publicada en La Estrella de Panamá el 18 del corriente, titulada: Los símbolos de la Nación’, en la cual se refiere al ‘águila Arpía’ en el Escudo de Armas de la República de Panamá, impuesto su uso mediante la Ley 2 de enero de 2012.
Quiero dejar establecido mi total respeto a sus opiniones relacionada con el uso y justificación del águila Arpía, en nuestro Blasón Heráldico.
No obstante, estoy en total desacuerdo con las opiniones por usted vertidas, justificando de acuerdo con mi criterio, una ‘ofensa a la dignidad de la patria, al imponer una ave foránea y que lamentablemente, por el desconocimiento de la ex-presidenta, señora Mireya Elisa Moscoso, de la fauna panameña y influenciada por un grupo de ‘comerciantes llamados Amigos del Águila Arpía’, la convencieron de darle el rango de ‘Ave Nacional’ a un animal, que por muy bella y fuerte que sea su significado representa una ofensa a nuestra panameñidad y que actualmente no existe ejemplar vivo en cautiverio, por el recién fallecimiento del único que teníamos, lo cual significa que tenemos un ‘Ave Nacional fantasma’ y en la espera de que le envíen uno de otro país, porque no contamos con ejemplar alguno. Esto representa un ultraje al pueblo panameño al reconocer un Ave Nacional inexistente.
Su exposición y detalles mitológicos del citado animal, son extraordinarios. Pero en ningún momento se refiere al significado gramatical dado por el Diccionario de la Lengua Española, de la Real Academia Española: ‘Ave fabulosa, con rostro de mujer y cuero de ave de rapiña. 2. Persona codiciosa que con arte y maña saca cuanto puede. 3. Mujer aviesa. 4. Mujer muy fea y flaca.’ Mientras que el Diccionario Enciclopédico LEXUS, presenta la siguiente definición: ‘arpía monstruo fabuloso y maligno de la mitología griega, con rostro y busto de mujer y cuerpo de ave de rapiña. Mujer perversa’ mejor definición gramatical no encontrará de su famosa ave. Ella representa una figura indigna y no puede posar en un símbolo nacional, que representa el honor y el poder’. En mi opinión, imponer semejante indigno e impropio animal en nuestro Escudo de Armas, equivale a violentar el ‘Derecho de Autor’ de don Nicanor Villalaz Lamela, que según las leyes panameñas, los símbolos no pertenecen al pueblo ni al Estado, son propiedad de sus autores. Tal como pasó con la compra-venta en 1928 de la Música del Himno Nacional por su autor el maestro Santos Jorge Amatriaim.
El imponer la Arpía al Escudo de Armas, en color plateado como está apareciendo en sus últimas presentaciones, es desconocer el verdadero color de dicho animal (blanco y negro), además equivale a que Panamá sea representada, en un concurso de belleza, por una mujer del mal vivir o ramera. La aplicación de esa ave, mal declarada Ave Nacional, como parte de unos de nuestros símbolos patrios se han cometido dos faltas: violar el patrimonio intelectual de su creador e ignorar la Constitución.
Debo reiterar que la Ley 2 de enero de 2012, viola la Constitución, al estar establecidos en el artículo 6 de la Constitución Política: ‘Los símbolos de la nación son el himno, la bandera y el escudo de armas adoptados por la Ley 34 de 1949’ y es precisamente la 34 que ustedes reemplazaron convirtiéndose en ‘Depredadores de los símbolos patrios panameños’.
Es triste ver cómo ciudadanos panameños contribuyen a seguir el camino de algunos historiadores que han tergiversado y omitido detalles importantes de nuestra historia y sus símbolos.
Espero que el recién formado Movimiento ciudadano por el fortalecimiento de la identidad panameña, me apoye en mi lucha al reconocimiento de nuestra verdadera historia patria y el respeto a nuestros símbolos que son la representación de la República de Panamá a nivel internacional y nacional.
José A. Amador Velarda