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- 24/01/2015 01:00
Acto de justicia para los abogados al servicio del Estado
El gran escritor Fernando Savater en su obra El Valor de Educar, citado por Luis Martí Mingarro, presidente de la Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados en su gran Ensayo ‘El abogado en la Historia. Un defensor de la razón y civilización’ expresa que ‘la abogacía prestó un inestimable servicio a la comunidad, dio testimonio de sus valores, y con ello contribuyó a la edificación de una sociedad democrática moderna. La abogacía se formó y educó a sí misma, y formó y educó a la sociedad toda’. Y no albergamos duda que esta afirmación es contundente. Los abogados y abogadas somos creativos, colaborando incesantemente no solamente en la trasformación y desarrollo del Derecho, sino también en la institucionalidad y consolidación del Estado. Así, desde la perspectiva pública hemos contribuido a la renovación de la organización de nuestra sociedad y también en el establecimiento de la estructura política estatal.
Claro es entonces, que por virtud de muchos cientistas jurídicos, se hayan generado y concretado ordenamientos legales para otras profesiones liberales, que además de encontrarse reguladas para el ejercicio de las actividades que les son propias, han sido tuteladas mediante legislaciones especiales al prestar servicios sus integrantes a la Administración Pública, tal cual ha ocurrido con médicos, ingenieros agrónomos, maestros y profesores, enfermeras, trabajadores sociales, entre otros. Con ello, se procuró asegurar que cada una de estas profesiones recibiera la valoración y reconocimiento que les corresponde, teniendo en cuenta la gran responsabilidad y distinción que entraña cuando forman parte de un ministerio, instituciones, dependencias oficiales y empresas en las que posee acciones el Estado.
Es motivo de pesar que hasta este momento, que los profesionales del derecho, como memorias institucionales hechas personas, guías, auxiliares de la justicia y orientadores del respeto del Estado de Derecho, y por ende, de la seguridad jurídica no cuenten con una ley que establezca categorías, principios de ingreso y parámetros de méritos para alcanzar ascensos y promociones en sus servicios a las Administraciones gubernamentales.
Nuestra profesión cuenta a la fecha con más de 20,470 idoneidades expedidas para su ejercicio y éstas continúan en aumento con las graduaciones de nuevos profesionales, como las que se verificaron en el mes de diciembre del año pasado. Este Anteproyecto que pretende regular la abogacía al servicio del Estado fue presentado anteriormente por decisión de la Junta Directiva del Colegio Nacional de Abogados en el año 2002 y que en dos oportunidades llegó a tercer debate para su aprobación, más no se convirtió en Ley de la República. La normativa presentada establece los objetivos, requisitos de ingreso, las incompatibilidades, las bases para determinar ascensos y promociones y las categorías que tendrían los abogados, de acuerdo a niveles de estudio y experiencia.
Contempla también la facultad reglamentaria de la Ley, que podrá desarrollar el sistema de méritos y reconocimientos a tan importantes profesionales en la gestión pública. Para quienes integramos la Academia Panameña de Derecho Administrativo, ha sido tarea fundamental el defender la función de los abogados al servicio del Estado, lo cual se identifica con las buenas prácticas de gobierno y de una eficiente y eficaz gestión pública, al poder confirmarse qué personal idóneo, permanentemente capacitado, con vasta experiencia y conocimiento, tiene el sagrado deber de salvaguardar los haberes públicos, al igual que respetar y proteger los derechos y garantías de cada uno de los administrados.
Sin duda, este anteproyecto que presentamos semanas atrás en ejercicio de la activación ciudadana, estimamos nosotros es uno de los pasos que debe darse para lograr una más eficiente y eficaz Administración Pública, que haría justicia a los letrados del Estado y cuya concreción constituye una necesidad inaplazable.
Finalmente, será indispensable que simultáneamente a esta anhelada normativa legal, contemos ya con una nueva y actualizada regulación de la abogacía panameña, la Ley de Carrera Judicial y la Ley General de Salarios, pues así las esperan nuestros conciudadanos.
ABOGADO