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- 30/12/2021 00:00
Uso y abuso de la burocracia
El exceso de formalidades burocráticas en la administración pública panameña se basa en la falsa creencia de que entre más papeleo se pide, mejor se sirve al público.
Por eso muchos funcionarios piensan que su eficacia para brindar un servicio público depende directamente de la cantidad de solemnidades escritas requeridas, sean estos formularios, declaraciones juradas, memoriales, documentos notarizados, copias de cédulas, etcétera. O sea, entre más papeleo se solicita, mejor.
Pero ¿este uso excesivo de papelería burocrática de verdad garantiza una mejor administración pública en pleno Siglo XXI, con su creciente desregulación estatal y la estandarización, simplificación y digitalización de trámites administrativos?
La proliferación de funciones gubernamentales, en todo Estado de cualquier ideología o sistema económico, implica una organización administrativa que también define la función y actividad administrativa de sus servidores públicos.
Panamá no es la excepción al poner esta administración estatal en acción, especialmente con todos los problemas que una burocracia sin sentido implica. El mal uso del poder de la burocracia, como práctica administrativa, afecta la confianza ciudadana, genera gastos innecesarios, desperdicia el tiempo y crea focos de corrupción.
Veamos, como ejemplo, el cobro del impuesto de inmuebles que tramita el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de su Dirección General de Ingresos (DGI), trámite que, por su naturaleza, debiera ser de fácil administración, si bien la totalidad de lo recaudado (incluyendo recargos e intereses) se transfiere a los municipios, como parte de la descentralización prevista por la Ley 66 de 29 octubre de 2015.
En este proceso de cobro, el “sujeto” es el contribuyente (la parte pasiva); el “objeto” es el inmueble (la cosa gravada); y la DGI es la entidad encargada de la recaudación y fiscalización de las tarifas aplicables, siendo esta la función y actividad administrativa primordial de sus funcionarios, que incluye actualizar su plataforma tecnológica para calcular correctamente el impuesto de inmuebles. En Panamá, por muchos años, desde la adopción del Código Fiscal (Ley 63 del 15 diciembre 1917), su base impositiva fue la propiedad inmobiliaria, de allí la importancia del avalúo inmobiliario para calcular la tarifa de dicho impuesto.
Pues bien, la pluralidad administrativa panameña y la poca coordinación y colaboración interinstitucional entre tantos organismos y agencias reguladoras para administrar valores catastrales -Registro Público, notarios públicos, la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (Anati), etc.-, han hecho más fácil que la DGI culpe y multe al contribuyente por omisiones de estamentos gubernamentales, que usar tecnologías de la información e internet para administrar electrónicamente estos valores catastrales, su tarifa y cobro. La legalidad de estos incumplimientos administrativos es materia de procesos contenciosos administrativos, no de este artículo.
Pero ese incumplimiento de oficinas gubernamentales complica el trámite del cobro del impuesto de inmuebles que la burocracia del MEF/DGI soluciona con la elaboración de más formularios, declaraciones juradas, memoriales, etc., que piden al contribuyente. Igual pasa con la implementación de amnistías tributarias y de cualquier otro “trámite eterno” que deba sufrir, pagar o desistir el compareciente.
Históricamente, estas múltiples prácticas burocráticas han reflejado la naturaleza del Estado y su época, desde la Francia monárquica del siglo XVIII, con su “nobleza del cargo” burocrático, hasta las “tecnocracias” modernas del siglo XX, procesos que para la mayoría de los ciudadanos entorpecen cualquier solicitud y casi siempre son vistos como una enfermedad o dolor de cabeza que debe sufrir el ciudadano.
Ya es hora de tener una burocracia eficiente sin papeleo.