Tribunal reconoce que Odebrecht cumplió con la entrega de proyecto a AITSA

Actualizado
  • 19/01/2024 15:38
Creado
  • 19/01/2024 15:38
BRIG, un despacho jurídico panameño con especialidad en litigios y arbitrajes representa igualmente a CNO en el proceso de arbitraje internacional

Los tres magistrados del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, en una decisión unánime, revocaron la decisión del Aeropuerto Internacional de Tocumen, S. A. (AITSA) de resolver el contrato suscrito con la constructora Odebrecht para la ampliación de la terminal aérea e inhabilitarla de participar en actos públicos por un periodo de tres años.

El dictamen del tribunal acoge los argumentos expuestos por la firma forense Britton & Iglesias (BRIG), que en representación de Constructora Norberto Odebrecht, S. A. (CNO S.A.), comprobó que AITSA tomó su unilateral decisión de resolver el contrato en septiembre de 2021 cuando ya se encontraba en pleno uso y operación la Terminal 2 del Aeropuerto.

La terminal se comenzó a usar en enero de 2019 con motivo de la celebración de la Jornada Mundial de la Juventud.

El Tribunal también validó los señalamientos de la constructora, al reafirmar que 19 meses antes que se rescindiera el contrato, el 29 de febrero de 2020, ya se había realizado la entrega sustancial del 100% la obra.

BRIG, un despacho jurídico panameño con especialidad en litigios y arbitrajes representa igualmente a CNO en el proceso de arbitraje internacional que mantiene con AITSA.

Ambas partes se reclaman una suma cercana a los $20 millones por incumplimientos al contrato de construcción de la Terminal 2.

Con el reciente fallo del Tribunal de Contrataciones Públicas a favor de la constructora CNO se siente optimista de que el tribunal de arbitraje internacional desestime la demanda de Tocumen y, por el contrario, condene a Tocumen a indemnizar a CNO por daños y perjuicios por múltiples incumplimientos contractuales.

“Estamos confiados en que hemos demostrado al Tribunal de Arbitraje que Tocumen causó daños y perjuicios a CNO, y que la demanda del Aeropuerto Internacional de Tocumen S. A., carece de fundamento contractual, jurídico y fáctico”, sentencia CNO.

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