Ley de Interés Preferencial

¿Pensando en comprar casa? Conoce las modificaciones que se hicieron a la Ley de Interés Preferencial

La discusión en segundo debate continuará el próximo miércoles con la presencia de autoridades bancarias

El proyecto de Ley 207 que subroga la Ley 3 de 1985, que establece el régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios y dicta otras disposiciones, pasa a segundo debate, con modificaciones realizadas por la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional.

Entre las modificaciones más importantes presentadas se encuentran al artículo 3 que trata de los requisitos y condiciones para los préstamos hipotecarios preferenciales, donde se adicionó que el ingreso familiar no sea superior a $3 mil, que las viviendas hasta $80 mil estén bajo el régimen solidario y el beneficiario no deberá contar con ninguna residencia inscrita en el Registro Público.

Otra de las modificaciones realizadas fue al artículo 7 de tramos preferenciales y condiciones del subsidio estatal, donde se establecieron dos regiones la uno compuesta por las viviendas ubicadas en la provincia de Panamá y Panamá Oeste y la dos por Colón y el resto del país.

Para la región uno se establecieron tres tramos, el primero con una tasa subsidiada máxima de 5 % por un plazo de ocho años no renovables, para viviendas nuevas de hasta $50 mil, el segundo de 4,5 % por siete años, para residencias de hasta $80 mil y el tercero de 3,25 % por cinco años, para unidades habitacionales de hasta $120 mil.

Para la región dos, se agregaron el tramo uno con una tasa subsidiada máxima de 5,5 %, por 10 años no renovables, para viviendas nuevas de hasta $80 mil y el segundo de 3 % por cinco años, para residencias con un precio superior a $80 mil y hasta $120 mil.

La norma establece un ámbito de aplicación en cuanto al régimen fiscal para que sea aplicable a los intermediarios financieros, tanto públicos como privados, debidamente autorizados por la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP).

La medida se da con el objeto de que se puedan otorgar créditos hipotecarios, que cumplan con los requisitos y formalidades previstos en la ley, cuyos contratos serán denominados “Préstamos Hipotecarios Preferenciales”.

Para el titular de la cartera de Vivienda, Jaime A. Jované, el primer debate fue enriquecedor porque pudo conocer de parte de los diputados los diferentes temas que tienen en trámite relacionado con soluciones de viviendas para las familias más humildes del país.

Resaltó que “nos vamos con el entusiasmo que ustedes imprimen, para ver como sacamos adelante este país que es de todos”.

El presidente de la Comisión de Economía y Finanzas, Ronald De Gracia, adelantó que, el próximo miércoles, invitará a los gerentes del Banco Nacional de Panamá (BNP), Javier Carrizo, y de la Caja de Ahorros (CA), Andrés Farrugia, para que participen de la discusión, en segundo y tercer debate, de este importante proyecto de ley.

De Gracia indicó que esta es una ley social de déficit habitacional que le da a los panameños el derecho de tener una vivienda digna con todas las ventajas. “Se trata de una deuda con una ley de más de 40 años que no recibía modificaciones y donde se ha logrado incluir el uso de dos zonas de acuerdo a su escala salarial”, aseguró.

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