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Tal y como pasó hace unos meses, Panamá está analizando poner una salvaguardia especial a dos productos presentes en el Tratado de Libre Comercio (TLC) de Estados Unidos.
Se trata del yogurt y la mantequilla, los cuales están en un proceso de investigación, para confirmar si se cumple el nivel de activación del mecanismo especial de salvaguardia agrícola establecido en el TLC.
El TLC con EE.UU. establece, en su artículo 3.17 que “una parte podrá aplicar una medida en la forma de un derecho de importación adicional sobre una mercancía agrícola originaria listada en el anexo 3.17 del acuerdo”.
En el caso de los quesos se aplicó una salvaguardia especial agrícola a las mercancías originarias de EE.UU., importadas y clasificadas como: queso mozzarella (0406.10.10.00.00), tipo 'cheddar' deshidratado (0406.20.10.00.00), queso mozarella (0406.20.20.00.00), queso fundido, excepto el rallado o en polvo (0406.20.90.00.00), queso de pasta azul y demás quesos que presentan vetas producidas por penicillium roqueforti (0406.40.00.00.00).
A esto hay que resumirle: muenster (0406.90.20.00.00), únicamente emmentaler; gruyère; appenzell; queso edam; queso feta; gouda; queso camembert; queso brie; cotija; chihuahua (excepto fresco) (0406.90.90.00.10), otros (0406.10.90.00.00), los demás (0406.90.90.00.90).
La resolución N°006 del viernes 3 de enero de 2025, plantea que el arancel del queso mozzarella y el queso fundido, pasará del 11,2 %, al 20,6 %, representando un incremento del 9,4 %.
El muenster y el de pasta azul y otros pasarán del 5,6 % al 10,3 %, lo que se traduce en un aumento del 4,7 %.
El emmentaler, gruyere, appenzell, edam, feta, gouda, camembert, brie, cotija y chihuahua (excepto fresco) pasaron de un arancel del 7,5 % al 13,8 %, lo que implica un aumento del 6,3 %. Algo que también pasó con otros quesos, no nombrados en esta lista.
Panamá lleva solicitando a Estados Unidos una revisión del TPC, desde marzo de 2022, para proteger algunos productos sensibles, algo que no se ha podido concretar hasta ahora.
Por lo tanto desde enero de 2024, el MICI, a través de su Dirección Nacional de Administración de Tratados y Defensa Comercial, en colaboración con la Autoridad Nacional de Aduanas, inició un proceso de monitoreo de las importaciones de 98 fracciones arancelarias de productos sensitivos procedentes y originarios de los Estados Unidos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3.17 del TPC entre ambos países.
Según ha explicado el MICI, el mecanismo especial de salvaguardia Agrícola permite la imposición, durante un año calendario, de un derecho de importación adicional sobre mercancías agrícolas originarias, enlistadas en el anexo 3.17 del acuerdo, cuando las importaciones superen los volúmenes de activación previstos para el año 2024.
A través de este proceso se busca garantizar la aplicación efectiva del mecanismo, reafirmando nuestro compromiso de proteger las distintas ramas de producción nacional ante la apertura comercial, promoviendo la estabilidad y equidad en el intercambio de productos agrícolas sensitivos en la economía nacional.