Gobierno de Panamá emitirá deuda por $207,9 millones

Actualizado
  • 27/12/2023 00:00
Creado
  • 26/12/2023 19:44
La emisión de Notas del Tesoro se hará a una tasa de interés de 6,5% y a un plazo de cinco años, pagaderos semestralmente a partir de la fecha de liquidación

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció las condiciones para emitir deuda pública o Notas del Tesoro por la suma de $207,985.000, con vencimiento en diciembre de 2028.

Las especificaciones del primer tramo de emisiones de Notas del Tesoro 2028 se establecieron a través de la resolución ministerial N°015-2023 del 19 de diciembre de 2023, publicada en la Gaceta Oficial No. 29937 este martes 26 de diciembre.

La emisión se hará con un cupón (tasa de interés) de 6,5% y a un plazo de cinco años, pagaderos semestralmente a partir de la fecha de liquidación.

Se fijó como fecha de colocación el 26 de diciembre de 2023, la fecha de liquidación el 28 de diciembre de 2023 y la fecha de vencimiento el 28 de diciembre de 2028.

Las Notas del Tesoro, además, podrán ser redimidas “total o parcialmente” a opción del emisor en el año tres a precio par. En caso de una redención parcial, dicho pago se hará a prorrata. El emisor deberá anunciar con al menos tres días hábiles la fecha en que se ejecutará la redención anticipada, ya sea total o parcial, así como la fecha de pago que no será mayor a tres días hábiles posterior a la fecha de ejecución.

En específico, “el artículo 1 del precitado decreto ejecutivo establece que para la vigencia fiscal 2023 se pagarán títulos valores de deuda pública hasta un porcentaje aproximado del 47% de los créditos fiscales validados por la Sección de Incentivos Tributarios de la Dirección General de Ingresos al 30 de octubre de 2023, a los acreedores hipotecarios con deudas superiores a $1.000.000 de los tramos preferenciales en préstamos hipotecarios preferenciales”, dice textualmente la nueva resolución”.

Menciona, además, que “el Decreto de Gabinete N° 35 del 18 de diciembre de 2023 autoriza la emisión de uno o varios títulos valores de deuda pública o Notas del Tesoro para el pago de ciertas obligaciones derivadas del Régimen de Intereses preferenciales”.

El decreto también “autoriza la emisión de uno o varios títulos valores deuda por un monto de hasta $208 millones para pagar hasta un porcentaje aproximado de 47% de los créditos fiscales validados por la sección de incentivos tributarios de la Dirección General de Ingresos al 30 de octubre de 2023, a los acreedores hipotecarios con deudas superiores a $1.000.000 de los tramos preferenciales de los préstamos hipotecarios preferenciales”.

El Decreto Ejecutivo N° 26 del 18 de diciembre de 2023, publicado en la Gaceta Oficial número No. 29932-A, determina para la vigencia fiscal 2023 el pago a través de títulos valores de deuda pública (Notas del Tesoro) de tramos preferenciales conforme a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 554 de 2019, por el cual se reglamenta la Ley N° 3 del 20 de mayo de 1985, que establece el Régimen de Intereses Preferenciales Hipotecarios y deroga el Decreto Ejecutivo N°. 39 del 3 de junio de 2009.

Este primer tramo de Notas del Tesoro se emite luego de que el pasado lunes se publicó en la Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo N°25 del 18 de diciembre de 2023, con el cual se modificó el Decreto N°52 de 2019, que reglamenta la Ley de Responsabilidad Social Fiscal (LTSF).

El reglamento que modifica la LTSF flexibiliza la utilización de la deuda contratada por el Estado panameño, para pagar la deuda que tiene el gobierno con los bancos por el subsidio al interés preferencial.

La Resolución de Gabinete N° 135 del 18 de diciembre de 2023 autoriza modificaciones al proyecto de ley de Presupuesto General del Estado para la vigencia fiscal 2024, presentado a la Asamblea Nacional.

El presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen, convocó a la Asamblea Nacional a sesiones extraordinarias desde el 21 hasta el 31 de diciembre de 2023 para atender las modificaciones al proyecto de ley No. 1041 que dicta el Presupuesto General del Estado 2024.

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