Firma de contratos de bienes y servicios

Actualizado
  • 15/10/2018 02:00
Creado
  • 15/10/2018 02:00
Debe prestar especial atención a las características del contrato, sus cláusulas, lo que puede y no puede hacer, y el mecanismo de pago

Dentro del listado de quejas recibidas de los consumidores en la Acodeco a nivel nacional, existen diversos motivos vinculados a la figura de un contrato suscrito con un proveedor, ya sea de bienes o servicios, tales como el incumplimiento del mismo y la falta de información; e igualmente, pueden clasificarse en distintas actividades desarrolladas por los agentes económicos los reclamos de los consumidores, entre ellas inmobiliarias, funerarias, televisión por cable, telefonía celular y planes vacacionales.

Un aspecto preocupante al momento de atender las quejas presentadas por los consumidores, por razón de inconformidades surgidas de un contrato, es el desconocimiento real de las características establecidas de los bienes o servicios contratados, así como también del mecanismo de pago o cobro efectuado por el proveedor, ya que en muchas ocasiones el propio consumidor advierte en su escrito de queja, que las condiciones del contrato promovidas verbalmente por el personal de venta de dichas empresas, no corresponden finalmente a la realidad del servicio contratado, o del bien adquirido.

Cabe destacar también el modus operandi empleado por algunos agentes económicos, al ofrecer distintos tipos de servicios a los consumidores, en ocasiones vinculados a una cena previa solo para tarjetahabientes de bancos, con ofertas de obtener facilidades de crédito con algún banco, en caso de no contar con ello el consumidor, situación que ya es bastante común; sin embargo, en los últimos años, también han surgido otros mecanismos tales como supuestas encuestas sin ningún tipo de compromiso o responsabilidad del consumidor, a quien no obstante, le es requerida su firma o facilitar sus datos personales, que al final son empleados por las empresas para proceder a realizar el cobro de forma directa al consumidor por un supuesto servicio contratado, sin el consentimiento previo del afectado.

Las quejas interpuestas por los consumidores bajo las circunstancias anteriormente descritas, tienen lugar no solo a nivel de la sede central de la institución, ya que se ha detectado a agentes económicos que se trasladan a las distintas provincias para captar nuevos consumidores, y por tanto, operan a nivel nacional, si bien es cierto solo cuentan con oficinas centrales la ciudad de Panamá; abordando a los nuevos clientes tanto en centros comerciales como en los propios lugares de trabajo, lo que no impide en ningún momento que el consumidor pueda formalizar su reclamo en las oficinas regionales de la Acodeco, conforme el lugar donde se perfeccionó el contrato.

Es por todo lo anterior, que reiteramos a los consumidores sobre la importancia de leer con detenimiento, todo tipo de contrato que le sea ofrecido ya sea por la compra de un bien o la prestación de un servicio, confirmando que lo ofertado verbalmente conste primero por escrito y no facilitar sus datos personales o tarjeta de crédito hasta estar seguro de la transacción comercial.

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