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Vía libre para resolver Casación de Martinelli
- 31/01/2024 00:00
- 30/01/2024 18:43
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) parece tener la vía libre para decidir si acoge o no el recurso de casación interpuesto por la defensa del expresidente Ricardo Martinelli, también candidato a la presidencia en las elecciones del próximo mayo. Esto, luego de que ayer (martes) se conociera que el pleno resolvió no admitir un recurso de advertencia en el que se solicitaba declarar inconstitucional la palabra “negar” contenida en el último párrafo del artículo 2439 del Código Judicial.
La mayoría de los magistrados votaron a favor de no admitir el recurso, aunque el magistrado Cecilio Cedalise salvó su voto. Cedalise defendió que emitió su voto en el plazo que concede la normativa, “que son cinco días contados desde la fecha en que quedó adoptada por mayoría la decisión, lo cual ocurrió el 22 de enero pasado y su decisión se encontraba dentro del plazo que culminó el 29 de enero”, describió en el oficio. En el salvamento de voto el magistrado expresó que el expediente ingresó a su despacho el 23 de enero en horas de la tarde, y por ende, su actuar se encuentra “dentro de los parámetros legales que rigen la materia, no existiendo irregularidad alguna en el trámite que a dicha causa he dispensado”, escribió.
Lo anterior en razón de que la opinión pública especuló y criticó la ‘lenta’ actuación del magistrado al emitir opinión al respecto, y que lo hacía de forma intencional para demorar el trámite de la casación en la Corte. Pues, si la Sala Penal no admite el recurso de casación que interpuso el abogado Carlos Carrillo, la sentencia emitida por el Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales y confirmada por el Segundo Tribunal de Justicia, en contra de Martinelli queda en firme. En ella se condena al expresidente a 128 meses de prisión por el delito de blanqueo de capitales y le obliga a pagar una multa de $19 millones, además del decomiso de las acciones del Grupo Editorial Panamá América (Epasa), conformado por cuatro periódicos.
El fallo en primera instancia de la juzgadora Baloisa Marquínez, no obstante, no precisó la inhabilitación de funciones públicas del condenado. Tal vez, al omitir la pena accesoria evitó entrar en el terreno político, un tópico que toma más fuerza a punto de iniciar la campaña política el próximo 3 de febrero.
En el caso de no admitir la casación, la inhabilitación de la candidatura de Martinelli deberá decidirse en la esfera electoral, es decir en el Tribunal Electoral.
El penalista Giovani Olmos considera que una vez esté ejecutoriada la sentencia de Martinelli, es decir cuando sea “cosa juzgada” y no antes de eso, “puede ser el propio Tribunal Electoral quien inhabilite la candidatura del exmandatario a la luz de la Constitución Política de la República”, que señala la prohibición al cargo para quien haya sido condenado por delito doloso con pena privativa de libertad de cinco años o más. En este sentido, explica Olmos, el Tribunal puede decretar de oficio que el candidato esté inhabilitado para correr en las elecciones. En dado caso, su compañero de fórmula, José Raúl Mulino quedaría como candidato principal, pero sin suplente.
Pero también, añade Olmos, “puede ocurrir que la misma jueza Baloisa Marquínez envíe un oficio al Tribunal poniendo en conocimiento lo decidido por la Corte en cuanto a la casación, y que la sentencia en primera instancia se encuentra debidamente ejecutoriada. Eso es suficiente para que de forma automática se dé la inhabilitación del candidato”.
Ahora bien, hay diferentes opiniones de juristas acerca de los recursos que pueden mediar encaminados a que la sentencia condenatoria no quedé en firme. “Uno es la aclaración al no admitir el recurso de inconstitucionalidad. La otra es que si no admiten la casación, los abogados de Martinelli pidan una revisión cuando el expediente baje al despacho de la jueza Baloisa”, indicó el exfiscal Giovani Olmos.
Ayer también se conoció que la Corte negó a la defensa de Martinelli, representado por la abogada Jessica Canto, una acción de amparo de Garantías constitucionales mediante la cual se alegaba que el término para formalizar el recurso de casación en el caso ‘New Business’ debió considerarse para cada parte por separado, en vez de ejercerse de forma simultánea.