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Tribunal Electoral inhabilitaría a Martinelli al recibir notificación de su sentencia de prisión
- 08/02/2024 08:34
- 08/02/2024 08:22
El Tribunal Electoral emitió la mañana de este jueves 8 de febrero un comunicado en el que le recordó a la comunidad que en el artículo No. 180 de la Constitución se establece que no podrá ser elegido presidente de la República quien haya sido condenado por delito doloso con pena privativa de libertad de cinco años o más.
La aclaración de la entidad surge dos días antes de que vence el plazo para que el edicto de no admisión del recurso de casación interpuesto por la defensa del expresidente Ricardo Martinelli este fijado en un lugar público.
Por consiguiente, su condena de más de 10 años de prisión por el caso “New Business” queda en firme y debe ser cumplida.
No obstante, el exmandatario se encuentra asilado en la Embajada de Nicaragua en Panamá a la espera de un salvoconducto de la Cancillería panameña para poder salir del país.
El Tribunal Electoral también recordó este jueves que hay una sentencia condenatoria por la comisión de un delito doloso de más de cinco años en contra del candidato presidencial por los partidos Realizando Metas y Alianza, Ricardo Alberto Martinelli.
Por ello, corresponde al Tribunal Electoral inhabilitar a quien se encuentre en esta condición jurídica, acorde lo establece el numeral No. 10 del artículo No. 615 del Código Electoral.
Sin embargo, el Tribunal Electoral reiteró que a la institución no ha llegado copia de la sentencia en firme autenticada.
“Cuando llegue [la sentencia] se procederá al trámite correspondiente de manera expedita y conforme lo establecen la Constitución Política y la ley electoral”, puntualizó.