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Toffoli veta pruebas de Odebrecht en contra de Martinelli
- 04/04/2024 00:00
- 03/04/2024 19:45
El magistrado José Antonio Dias Toffoli, integrante del Tribunal Supremo de Brasil, extendió a favor del expresidente Ricardo Martinelli los efectos de la decisión para declarar la inutilidad de las pruebas obtenidas de los sistemas Drousys y My Web Day –conocidos como la caja 2– así como los testimonios de ejecutivos de la constructora, todos utilizados en el marco del acuerdo de colaboración de la constructora Odebrecht efectuado en Brasil. Además, ordenó enviar su decisión al sistema de justicia panameño, que tiene programado el juicio para el próximo 12 de noviembre y como fecha alterna el 20 de enero de 2025.
El expresidente, imputado por el delito de blanqueo de capitales en el caso en mención, efectuó la solicitud a Toffoli el pasado 14 de marzo para beneficiarse de la misma suerte que arropó a otros acusados, para que la fiscalía se vea impedida de utilizar las declaraciones de los ejecutivos de la brasileña y la información que guardan los sistemas que contienen los montos, apodos y fechas en que se pagaron las coimas. El magistrado respondió la petición el pasado 1 de abril.
Este medio conoció que además del expresidente, hay una fila de imputados que espera continuar los pasos de Ricardo Francolini y Juan Antonio Niño, ambos imputados por blanqueo de capitales y que en enero lograron un fallo favorable del Tribunal Supremo de Brasil en declarar inútiles las evidencias recabadas de los sistemas y los testimonios en su contra. Una fuente a la que le han ofrecido servicios legales para este propósito, indicó a La Estrella de Panamá que desde hace meses los abogados hicieron contacto con los imputados en el caso para tramitar sus casos. “Cobran entre $500.000 y el millón de dólares por interponer la solicitud ante el magistrado José Antonio Dias Toffoli”, integrante de dicho tribunal, indicó la fuente.
Martinelli logró que en su demanda Toffoli declarara la falta de confiabilidad de la evidencia obtenida del acuerdo de colaboración decidido por el Tribunal brasileño. En este entendimiento, solicitó que tampoco se tomen en cuenta las declaraciones de André Rabello, representante de Odebrecht en Panamá, quien conoció los rostros y montos que recibieron los políticos a cambio de hacerse proyectos o agilizar el desarrollo de estos. De Olivio Rodrigues, el hombre de los servicios externos de la empresa (2006-2016) que a través de las sociedades Constructora Internacional del Sur y Select Engineering, ejecutaba las órdenes del Departamento de Operaciones Estructuradas (DOE) para beneficiar con millones a funcionarios y políticos de Latinoamérica, incluido Panamá. Sus abogados también solicitaron al Tribunal vetar las declaraciones de Luiz Antonio Mameri, líder empresarial para América Latina y Angola vinculado a la autorización de pagos y sobornos a funcionarios a través del DOE; de Marcos De Queiroz Grillo; Angela Palmeira Ferreira; Fernando Migliaccio y Hilberto Mascarenhas, este último encargado de los libros secretos de la constructora (2006-2015) como responsable DOE.
En consecuencia, tras conceder la prórroga, Martinelli solicitó que se envíe una carta al Departamento de Recuperación de Patrimonio y Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de Justicia de Brasil para que comunique a la autoridad judicial de Panamá sobre la falta de fiabilidad de las pruebas, así como la imposibilidad de realizar actos instruccionales basados en estos elementos, se lee en el fallo favorable del Tribunal brasileño. También pidió que de desconocerse la extensión solicitada, se le conceda un auto de hábeas corpus de oficio.
Luego de examinar la petición, el magistrado Toffoli verificó que la acción penal en contra del solicitante emplea las pruebas declaradas inútiles por el Tribunal en sentencias previas. Por tanto, accedió a la solicitud y extendió los efectos de la decisión dictada para que se veten las pruebas obtenidas del Drousys y My Web Day que se usaron en el acuerdo de colaboración por Odebrecht al igual que los testimonios solicitados. Asimismo determinó que se notifique al sistema judicial “destacando la prohibición de la práctica en territorio nacional, cualquier acto de instrucción o cooperación de estos elementos para que sean remitidos al Gobierno de Panamá”, se lee en la resolución final del fallo.