Tensiones Panamá-EE.UU. ¿Qué presiones podría aplicar Trump?

Actualizado
  • 22/01/2025 00:00
Creado
  • 21/01/2025 19:24
A pesar de ser aliados estratégicos en diversos temas, las amenazas del presidente Trump podrían desestabilizar las relaciones comerciales y diplomáticas entre ambos países. ¿Qué medidas podría tomar Estados Unidos contra Panamá?

La solidez de las relaciones diplomáticas y comerciales entre Panamá y Estados Unidos podrían estar en juego debido a la tensión provocada por las amenazas del presidente Donald Trump, quien este lunes, en un discurso con tintes imperialistas, reiteró que buscará “recuperar” el Canal.

En las relaciones comerciales entre ambos países destaca la existencia de un Tratado de Promoción Comercial (TPC), así como la colaboración para combatir la migración irregular en sus fronteras con el Memorándum de Entendimiento.

Mientras que Panamá ha venido afrontando las declaraciones del mandatario estadounidense desde las vías diplomáticas, existen distintas represalias que el actual Gobierno estadounidense podría tomar si el istmo no se adhiere a las demandas establecidas en cuanto a su paso por el Canal de Panamá.

Este tiene cuenta con varios mecanismos de presión, dos de ellos son las leyes que tienen como función imponer restricciones comerciales a las naciones que realicen actividades que, a juicio de la Casa Blanca, vayan contra los objetivos económicos de Estados Unidos: la Ley de Comercio con el Enemigo (TWEA, por sus siglas en inglés) y la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA, por sus siglas en inglés).

La primera fue aprobada en 1917 y autoriza al presidente a imponer sanciones a países o individuos considerados enemigos. Originalmente aplicable solo en tiempos de guerra, sin embargo, el Congreso amplió sus poderes en la década de 1930 para permitir acciones en tiempos de paz si el presidente declaraba una “emergencia nacional”.

La TWEA se utilizó durante la Segunda Guerra Mundial y luego ampliamente en los años 50 y 60 como una medida de la Guerra Fría para restringir el comercio con numerosos países.

A partir de 1976, tras el escándalo de Watergate, la participación de Estados Unidos en Vietnam y diversas revelaciones sobre abusos de autoridad ejecutiva del entonces expresidente Richard Nixon, el Congreso implementó medidas para limitar los poderes de emergencia ejecutiva bajo la TWEA.

Por otro lado, la IEEPA permite al presidente declarar una emergencia nacional frente a una “amenaza inusual y extraordinaria a la seguridad nacional, política exterior o economía de Estados Unidos”.

Esto autoriza imponer sanciones a países, grupos o individuos sin necesidad de aprobación adicional del Congreso.

Aunque su intención inicial era establecer límites a los poderes de emergencia nacional, un informe del Servicio de Investigación del Congreso señala que las declaraciones bajo la IEEPA han crecido significativamente en alcance, escala y frecuencia.

Hoy en día, la IEEPA es la herramienta más común de Estados Unidos para imponer sanciones.

Otros mecanismos

El Departamento del Tesoro también ha manejado sanciones desde un largo periodo de tiempo, con énfasis en el aspecto comercial.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), es la encargada de administrar y hace cumplir los programas de sanciones económicas, principalmente contra países y grupos de personas que son considerados por Estados Unidos como “terroristas” y “narcotraficantes”.

Estas pueden ser integrales o selectivas, y se valen del bloqueo de activos y de restricciones comerciales para lograr objetivos de política exterior y seguridad nacional.

Las sanciones abarcan desde el bloqueo de propiedades de individuos y entidades, prohibición de transacciones con ciertos países o regiones, embargos comerciales, hasta restricciones en sectores específicos.

La OFAC mantiene una lista de personas y entidades sujetas a sanciones, conocida como la Lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN). Cada cierto tiempo se evalúan las solicitudes para ser eliminado de la SDN y retirar a aquellos que cumplan con los requisitos.

Varios países y organismos internacionales consideran algunas de esas medidas como unilaterales y al margen de los mecanismos que contempla la Carta de las Naciones Unidas.

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