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TE rechaza la postulación de 79 candidatos a diferentes cargos
- 23/11/2023 00:00
- 23/11/2023 00:00
El Tribunal Electoral (TE) rechazó la candidatura de 79 personas que buscaban un cargo de elección popular en las elecciones generales del 5 de mayo de 2024.
La mayor cantidad de rechazos se registró en el cargo de representante de corregimiento, según datos extraídos del Boletín 5517 del TE, publicado este miércoles.
De los 79 rechazados, 73 eran candidaturas a representante de corregimiento que fueron rechazadas por no cumplir con las normas establecidas en el Código Electoral. Las seis candidaturas rechazadas eran cinco para alcalde y una para diputado.
Las postulaciones para las elecciones de mayo de 2024 finalizaron el 31 de octubre, cuando el Tribunal Electoral cerró el proceso como establece el calendario electoral.
Los partidos políticos realizaron entre junio y julio sus primarias para la elección de su oferta electoral.
El Movimiento Liberal Republicano Nacional (Molirena) encabeza la lista con 32 candidatos rechazados, seguido por el Movimiento Otro Camino, con 28 rechazos.
Al Partido Panameñista se le rechazaron seis candidaturas, al Partido Popular cinco, y a Cambio Democrático, cuatro.
El grupo PAIS no logró postular a dos candidatos, y al partido Alianza se le rechazó la candidatura de una persona.
La decisión del TE en rechazar las postulaciones son, por ejemplo, que las nóminas de los candidatos no están completas, o por no haber entregado sus gastos de campaña primaria. Además, por no tener el tiempo suficiente de vivir en la circunscripción por la que busca ser elegido.
La resolución de rechazo puede ser apelada ante los juzgados administrativos electorales en un plazo de tres días hábiles después de su notificación, excepto en el caso de la nómina presidencial y los diputados al Parlacen, que serán apelables ante el pleno del TE.
Una vez recibido el escrito de apelación en la oficina de la Dirección de Organización Electoral que emitió la resolución apelada, se remitirá a la Secretaría del juzgado administrativo electoral correspondiente, según el tipo de cargo, para los fines legales pertinentes.
Esto incluirá el traslado al fiscal administrativo electoral de turno en un plazo de dos días hábiles, de acuerdo con el artículo 696 del Código Electoral.
Los partidos tienen la opción de reemplazar una postulación afectada, en todo o en parte, siempre que no haya vencido el período de postulaciones o que la postulación realizada no haya quedado en firme.
El Decreto 29 que reglamenta la elección general 2024, publicado el 30 de mayo, establece que se elegirá al presidente y al vicepresidente de la República. Además, 20 diputados al Parlamento Centroamericano (Parlacen), 71 diputados a la Asamblea Nacional.
También 81 alcaldes, 701 representantes de corregimiento y 11 concejales, todos con su respectivo suplente, para el periodo constitucional del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2029.
Por otro lado, un informe previo del TE, con fecha al 31 de julio ya se habían rechazado otras 11 candidaturas por condenas penales.
De estas 11 candidaturas, cinco eran de partidos políticos y seis candidatos por la libre postulación. En este caso el partido Realizando Metas (RM) encabeza la lista de candidatos rechazados, con tres.
Uno era candidato por el Partido Revolucionario Democrático (PRD) y el otro por el Molirena.
Entre los candidatos por la libre postulación, se han identificado seis candidatos para el cargo de representante, incluyendo tanto titulares como suplentes, y pertenecientes a diferentes nóminas.