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Procurador pide información del estatus de las vacaciones del director del Complejo Hospitalario
- 05/01/2021 00:00
- 05/01/2021 00:00
El procurador de la Administración, Rigoberto González, le preguntó al director de la Caja de Seguro Social (CSS), Enrique Lau Cortés, si se le concedieron vacaciones al Dr. José Croston, director médico general del Complejo Dr. Arnulfo Arias Madrid, y en qué fecha le fueron concedidas.
La solicitud, que debe ser respondida en los próximos días, se debe a que en las redes sociales circulan imágenes del director médico general del Complejo Dr. Arnulfo Arias Madrid de vacaciones, derecho que está suspendido por la pandemia de la covid-19.
“Señor director Lau Cortés, este despacho no cuestiona el derecho a vacaciones que le asiste al director médico del Complejo Hospitalario Dr. Arnulfo Arias Madrid, ya que se trata de un derecho reconocido tanto en tratados y convenciones de derechos humanos como ennuestra Constitución”, plantea González en la nota que le hizo llegar al director de la CSS.
No obstante, señala el procurador, si producto del estado de emergencia por el que está atravesando el país, “se tomó la medida de suspender el uso de vacaciones a todo el personal de salud que integra el Complejo Hospitalario Dr. Arnulfo Arias Madrid, cómo se explica que al Dr. Croston sí le fueron concedidas las mismas”.
“A juicio de la Procuraduría, en materia de derechos fundamentales, no se le pueden imponer restricciones o exigir sacrificios a los demás, si quien está en la capacidad de tomar dichas decisiones no está, a su vez, dispuesto a asumir iguales restricciones o sacrificios”, agrega el Procurador de la Nación.
El tema que le llama la atención a González es que de ser ciertas las publicaciones en redes sociales, se estaría frente a “posibles violaciones de orden ético” al margen de aquellos principios que estamos llamados a cumplir todos los servidores públicos, como son la eficiencia, productividad, honestidad y disciplina.
La solicitud de información se hace con base en las facultades contenidas en el numeral 3 del artículo 3 de 220 de la Constitución Política y, en el numeral 6 del artículo 6 de la Ley 38 de 2000, que aprueba el Estatuto orgánico de la Procuraduría de la Administración, relacionada con la vigencia de la conducta oficial de los servidores públicos.