Pleno de la Corte concede amparo de garantías a favor de On D Go Aguadulce Gran Terminal S.A.

Actualizado
  • 07/06/2022 19:14
Creado
  • 07/06/2022 19:14
La Central de Transportistas de Aguadulce había solicitado a la ATTT la revocatoria de una resolución emitida previamente para que On D' Go operara

El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) concedió el amparo de garantías fundamentales presentado por la sociedad On D'Go Aguadulce Gran Terminal S.A. y revocó una decisión dictada por la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) emitida en 2021 con la cual se suspendió la operación de esta terminal.

La decisión de los magistrados en pleno, que tuvo como ponente al magistrado Cecilio Cedalise, revocó el tercer punto de la providencia de 16 de diciembre de 2021 emitida por la ATTT.

En el tercer punto de esta providencia de la ATTT se ordenó como medida preparatoria la suspensión de la operación de la terminal de transporte público en el corregimiento de Aguadulce Cabecera, distrito de Aguadulce, provincia de Coclé, a la Sociadad On D Go Aguadulce Gran Terminal S.A., con la finalidad de verificar que se estaba cumpliendo con las normas contenidas en las leyes y los reglamentos en materia de transporte terrestre.

En el primer punto de la providencia la ATTT había dispuesto admitir la solicitud de revocatoria presentada por otra empresa, la Central de Transportistas de Aguadulce en contra de la del acto administrativo contenido en una resolución previa de 2013 que había sido expedida por la ATTT en favor de la Sociedad On D Go Aguadulce Gran Terminal S.A.

De acuerdo con la abogada Marukel Carelis Morán, quien actuó en representación de la Sociedad On D Go Aguadulce Gran Terminal S.A., la ATTT con esta providencia ordenó la suspensión de la terminal de su representada, sin motivación alguna y vulnerando el debido proceso y la seguridad jurídica.

Consideró que la ATTT no solo afectó a la empresa, sino también a los usuarios del transporte público de pasajeros y al servicio público de trasporte.

De acuerdo a los magistrados en su decisón, se configuró la violación al debido proceso alegado por la parte accionante, razón por la cual concedieron el amparo de garantías.

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